Vacaciones 2018: todo lo que debes saber

Vacaciones 2018: todo lo que debes saber

Surgen preguntas en nuestro día a día respecto de las vacaciones, así que vamos a responder a vuestras consultas más frecuentes.

Vacaciones

FAQ’s Vacaciones

¿Cuántos días de vacaciones tengo?

Con independencia del nivel profesional, tienes 25 días hábiles ( 27 en Canarias) y cuando en tu centro de trabajo no se efectúe reducción de jornada durante la semana de fiestas locales, tendrás un día más.

¿Cuántos días de libre disposición hay este año?

En 2018 son dos días. La plantilla acogida a horario laboral singular (oficinas Store y centros In Touch) tiene 4 días adicionales.

¿En cuántas veces puedo fraccionar mis vacaciones?

Se pueden fraccionar hasta en tres periodos por motivos de conciliación y en función de las posibilidades organizativas.

¿Si me coinciden las vacaciones con un proceso de incapacidad temporal derivada del embarazo parto o lactancia natural?

Podrás disfrutar de los días de vacaciones en fecha alternativa al terminar el periodo de suspensión aunque haya terminado el año natural al que corresponda.

¿Si las vacaciones no las disfruto en el año porque comienza mi permiso de maternidad o paternidad?

Podrás disfrutar de los días de vacaciones en fecha alternativa al terminar el periodo de suspensión aunque haya terminado el año natural al que corresponda.

Debes saber que si tienes vacaciones pendientes del año anterior que no pudiste disfrutar por tu baja de maternidad puedes disfrutarlas a continuación de la baja en este año, se pueden disfrutar a continuación de los permisos de paternidad maternidad o lactancia acumulada incluso si se produce cambio de año.

La interpretación del Protocolo recogida en un acta de la comisión de seguimiento de 2014, permite al empleado o empleada ejercitar esta opción: «Se considera que la expresión “se podrán” se refiere a que es opción del empleado/empleada acumular las vacaciones pendientes de disfrute».

¿Si me coinciden las vacaciones con una incapacidad temporal por contingencias comunes?

Podrás disfrutar de las vacaciones una vez finalice la incapacidad siempre que no haya transcurrido más de 18 meses a partir del final del año en que se hubiera originado.

¿Si alguno de los permisos retribuidos se solapan con las vacaciones fijadas en el calendario laboral?

Se perderán los días correspondientes (por ejemplo: casarse en vacaciones no da lugar a posponer el permiso).

Turnos

En los turnos de vacaciones los empleados con responsabilidades familiares tienen preferencia para que sus vacaciones coincidan con periodos de vacaciones escolares, y dentro de esta situación, se resuelve la preferencia dentro del nivel profesional a favor de quien tenga mayor antigüedad en la entidad.

Esta preferencia no implica elegir un turno determinado, sino que puedan disfrutar de vacaciones dentro de los límites del periodo de vacaciones escolares.

Respetando este requisito, la elección de turno concreto dentro de este periodo de vacaciones escolares, se resolverá en favor de quien tenga más antigüedad dentro de cada nivel profesional, también en el caso que los empleados que lo soliciten no tengan responsabilidades familiares.

¿Qué significa tener responsabilidades familiares? Tener a tu cargo algún menor en edad de escolarización obligatoria (hasta los 16 años).

Casos prácticos

Respondemos a algunas de las DUDAS que nos habeis formulado.


Soy director de una oficina, ¿me pueden obligar a coger las vacaciones en agosto?

NO, no existe esa obligación, el periodo vacacional va desde el 1 de Enero al 31 de Diciembre.


Tengo una semana en Navidad, ¿me pueden prohibir irme en estos días?

NO, una vez sean aceptadas en el portal del empleado por los superiores. Tenemos derecho a conocer las fechas de nuestras vacaciones con dos meses de antelación. A partir del preaviso, con dos meses de antelación, el acuerdo es ejecutivo.


Mi próxima semana de vacaciones va a coincidir con una meta volante, ¿debería cancelar mi viaje programado?

NO. En ningún caso.


Estoy embarazada y el médico me dio la baja el pasado mes de noviembre. Daré a luz este mes de mayo. Aún me quedaban vacaciones pendientes del año 2017, ¿cuándo podré disfrutarlas?

Si lo deseas, podrás disfrutar de las vacaciones que te quedaron en el 2017 a continuación de la finalización de la baja maternal, pero deberás gestionar con la oficina las vacaciones del 2018. Recuerda que los días de libre disposición del año anterior no disfrutados no se acumulan para el año siguiente.


En mi oficina se ha incorporado un nuevo empleado como GC Banca Premier que aprobó la oposición nivel VII. Yo también soy nivel VII pero tengo más antigüedad en la Entidad y soy GN, ¿quién tiene preferencia si coincidimos en el turno de vacaciones?

Tú tienes preferencia, porque ante el mismo nivel profesional prima la antigüedad en la Entidad.


MÁS INFO, en este BLOG, y con tu liberad@.

Regulación

  • Norma 37 CXB
  • Convenio Colectivo art. 35
  • Estatuto Trabajadores art. 38
  • Constitución art. 40.2

 

Lucia
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  1. Enrique te ha contestado a tu pregunta Lucia en el comentario que hay publicado posterior al tuyo

  2. Las vacaciones no son ejecutivas hasta que no se aprueban, si en este caso el superior se ha olvidado, se le informa de que lo tiene pendiente y debería resolverlo a la mayor brevedad,
    ya que, por ejemplo, puedes tener pendiente confimar un viaje, o unos billetes de avión…

    Si en este caso el superior estuviera de baja o no hubiera por el motivo que fuera ( traslado, etc) se informa al Dan para que las valide.

  3. Si una persona se pica las vacaciones en el Portal del Empleado con más de 2 meses de antelación, pero su superior no se las aprueba por el motivo que sea (olvido, disconformidad,etc) y llega el período de disfrute sin estar aprobadas en el Portal, son ejecutivas aún y todo?

  4. Qué pasa si te picas las vacaciones en el Portal del Empleado con más de 2 meses de antelación, pero tu responsable no te las ha aprobado en dicho portal?
    Aún y todo son ejecutivas?

  5. Muchas gracias. El problema entonces es que o llegas a un acuerdo o puedes estar sin vacaciones en verano y es legal. lo que comentas es la lógica y lo ético.

  6. De alguna manera se tiene que establecer. Hay empleados con nivel VII por oposición que están de empleados que eligen antes que un subdirector o GC II RESPONSABLE de oficina.

  7. Derecho como tal a cogértelas en periodo estival no. Si sois una oficina de tres y dos tienen nivel profesional mayor que tú lo eligiereis por turno y tú serás el último. Ejemplo: director las 3 primeras semanas de agosto, luego subdirector las dos primeras semanas de julio. Tú podrías las dos siguientes de julio.
    Los turnos no quieren decir que el que elige el primero, en ese primer turno elige todas sus vacaciones porque si no al último ya no le quedaría nada.
    Te recomiendo que llames a tu delegado del secb para que te resuleva tus dudas

  8. Perdon lo de las vacaciones a partir de Septiembre me refería si no tenemos derecho a que al menos parte sea en periodo estival. pues hay casos en que no se permita tener vacaciones en verano. Gracias

  9. Me parece TOTALMENTE INJUSTO que prime la categoría sobre todo lo demás para escoger las vacaciones,ES INCREIBLE¡¡¡¡
    Los»palos» a los mismos

  10. No. Las vacaciones se pueden coger del 1 de enero al 31 de diciembre. Se tienen que acordar por centro de trabajo y una vez aprobadas por el Portal del Empleado con dos meses de antelación son ejecutivas (no te las pueden modificar)

  11. Exacto. Prima el nivel profesional y ante coincidencia de nivel, el de mayor antigüedad en la empresa

  12. por cierto.¿ Nos pueden obligar a tener las vacaciones a partir de septiembre?
    muchas gracias

  13. entonces entiendo que el nivel siempre esta por delante de la antigüedad si no existen cargas familiares ¿no?.

  14. Claro, práctico y muy útil para reenviar a los compañeros que precisen la información.

  15. Vacaciones, el tema más importante del año y que genera más dudas en los centros de trabajo!!! Con esta hoja queda todo clarísimo !!!
    Muchas gracias!☀️

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