PLAN MECUIDA y MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA TODA LA PLANTILLA

PLAN MECUIDA y MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA TODA LA PLANTILLA

Inmersos en una QUINTA OLA, estamos viviendo una realidad de transmisión de la COVID-19 desbordante otra vez. La vacunación ha frenado las hospitalizaciones y fallecimientos pero la obligación de confinarse afecta directamente a la plantilla que con los los numerosos casos de contagios en los niños, ve como conciliar es cada vez más complicado.

El objetivo del Plan MECUIDA es que se pueda adaptar el tiempo de la jornada para hacerse cargo de necesidades familiares y mejorar la conciliación en esta situación, así lo establece el RDL 8/2020 de 17 marzo que quedó prorrogado en un RDL 11/2021 publicado el 27 de Mayo.

Las dos principales soluciones que ofrece el Plan MeCuida son:

  • la adaptación de la jornada laboral, que no supone la pérdida de salario al mantenerse la jornada (distribución del tiempo o cambio de centro de trabajo, por ejemplo).
  • la reducción de jornada, que supone una pérdida de ingresos que puede llegar al 100% si se reduce la totalidad de la jornada.

Estos derechos del Plan MeCuida deben ser justificados, razonables y proporcionados en relación con la situación de la empresa,

  • Cuando sea necesaria la presencia de la persona trabajadora para la atención de cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de los familiares por consanguinidad hasta el segundo grado, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, necesite de cuidado personal y directo como consecuencia directa del COVID-19.
  •  Cuando existan decisiones adoptadas por las Autoridades gubernativas relacionadas con el COVID-19 que impliquen cierre de centros educativos o de cualquier otra naturaleza que dispensaran cuidado o atención a la persona necesitada de los mismos.
  • Cuando la persona que hasta el momento se hubiera encargado del cuidado o asistencia directos de cónyuge o familiar hasta segundo grado de la persona trabajadora no pudiera seguir haciéndolo por causas justificadas relacionadas con el COVID-19.

 


La situación resulta insostenible, 
por ello SECB solicitó la Prórroga de las Medidas de Extraordinarias de Conciliación de manera URGENTE, y pese a nuestra insistencia…han tardado un mes y medio !!!

SECB consideramos que medidas como estas deben ser aprobadas a tiempo.  Aunque las medidas son extraordinarias y es CaixaBank quien de manera unilateral las aprueba,  estirarlo y dar largas sine die genera mucha incertidumbre y es impropio de una entidad que presume de conciliación.

La Dirección APRUEBA las medidas
de conciliación extraordinarias CaixaBank 

Por medio de esta prórroga se pretende paliar las dificultades sobrevenidas que  supone la época estival, con los campamentos cancelados, familias confinadas y las cuarentenas impuestas por ser contacto estrecho en nuestro entorno laboral y personal.

Ahora se permite el disfrute de días puntuales de vacaciones sin necesidad de cumplir los 4 periodos máximos de fraccionamiento establecidos por normativa.

 

Ahora lo esencial es que PERMITAN ACOGERSE A ESTAS MEDIDAS sin poner obstáculos en el camino,  y desde SECB seguimos apostando por la opción del TELETRABAJO como alternativa real y eficaz en este momento tan complicado para la conciliación.

TELETRABAJAR debe seguir siendo
una OPCIÓN REAL y EFICAZ

LA PLANTILLA PROCEDENTE DE

BANKIA

PUEDE DISFRUTAR TAMBIÉN DE ESTAS MEDIDAS EXTRAORDINARIAS

RECUERDA que además puedes solicitar cualquiera de las medidas reguladas en el Plan de Igualdad, así como las medidas extraordinarias CaixaBank que quedan prorrogadas hasta el 30 de septiembre:

 

MEDIDAS EXTRAORDINARIAS
Y UNILATERALES CAIXABANK

PERMISO
RETRIBUIDO RECUPERABLE

PERMISO
NO RETRIBUIDO
2021

MEJORA DE LA EXCEDENCIA PREVISTA POR CUIDADO DE MENOR 

Para supuestos de COVID-19. Necesario disfrute previo de las vacaciones devengadas hasta el momento de la solicitud.

Condicionado a la organización del centro.

NECESIDADES EXTRAORDINARIAS vinculadas con la
emergencia sanitaria
COVID-19.

Para el cuidado de un menor
de 14 años. Durante el disfrute de esta excedencia, se mantiene                                   * la reserva del puesto de trabajo,                                      * las aportaciones al Plan de Pensiones (en las mismas condiciones que actualmente se aplican para la excedencia por cuidado de hijo del art 46.3 ET,                                           * 
el seguro médico                * el reconocimiento de antigüedades a todos los efectos, y                                   * las condiciones de préstamos y depósitos de empleados.

Microgestión en Oficina, si no hay acuerdo,
resolverá RRHH DT < Comité RRLL

Concesión hasta el 30 de septiembre de 2021.     

Limitado hasta 100 horas.

Plazo para la recuperación de las horas de permiso disfrutadas finalizará el 31 de diciembre de 2021.

Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre.

De hasta 3 meses de duración. No se tendrá en cuenta que la persona trabajadora ya hubiera disfrutado previamente de este permiso, a los efectos de computar su duración máxima  ( 3 meses) de manera que se renueva la posibilidad de solicitarlo íntegramente.

LA RESERVA DE PUESTO hasta el 30 de septiembre   o hasta el momento en el que el hijo cumpla 14 años,

( lo que primero suceda)

Adicionalmente, y hasta el 30 de septiembre de 2021, por necesidades de conciliación vinculadas a COVID, siempre que sea organizativamente posible, se permite el disfrute de días puntuales de vacaciones sin necesidad de cumplir los 4 periodos máximos de fraccionamiento establecidos por normativa.

Disfrute por días completos. En la propuesta de compensación de horas no se tendrán en cuenta aquellas que ya hubieran sido compensadas por horas acumuladas a causa de prolongaciones de jornada previamente informadas. 

Deben consumirse las vacaciones devengadas y queda condicionado a las necesidades organizativas del centro.

Recuerda que la concreción final sobre la forma de recuperación de las horas disfrutadas la deberás pactar con el Manager. 

La plantilla continúa al pie del cañón, desde el primer día, sin descanso, implicados y comprometidos con la entidad. SECB defendemos desde el primer día el derecho a conciliar y el respeto a la desconexión digital.

 

LUCÍA

 

 

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  1. Buenos días,
    Entiendo te refieres a las medidas unilaterales de CaixaBank, Si no hay acuerdo en la oficina, resuelve RRHH DT.
    Contacta con el delegado de tu zona y te asesorará y guiará en el proceso.

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