IGUALDAD:
· Queremos firmar un único Acuerdo, que incluya el Plan Igualdad, así como medidas de conciliación, Protocolo de parejas de hecho, protocolo de acoso, y Protocolo de diversidad/discapacidad, en el que debe reforzarse los mecanismos de control de los incumplimientos en esta materia.
· Eliminación del GCII 2º responsable en la definición de equipo directivo para el establecimiento de los objetivos del plan.
· Objetivo de mejora en la posición de las mujeres en aquellas funciones donde exista una menor representatividad, especialmente en las direcciones de Centro de Banca Privada y Empresas.
· Solicitud de auditoría salarial clara y conforme al RDL
· Conocer motivos de renuncia de las compañeras a puestos de responsabilidad.
· Implementación de Teletrabajo en SSCC , in Touch, y facilitarlo a todo puesto susceptible de esta modalidad, con procedimiento sin condicionarlo a autorización de manager.
· Queremos firmar un único Acuerdo, que incluya el Plan Igualdad, así como medidas de conciliación, Protocolo de parejas de hecho, protocolo de acoso, y Protocolo de diversidad/discapacidad, en el que debe reforzarse los mecanismos de control de los incumplimientos en esta materia.· Eliminación del GCII 2º responsable en la definición de equipo directivo para el establecimiento de los objetivos del plan.
· Objetivo de mejora en la posición de las mujeres en aquellas funciones donde exista una menor representatividad, especialmente en las direcciones de Centro de Banca Privada y Empresas.
· Solicitud de auditoría salarial clara y conforme al RDL
· Conocer motivos de renuncia de las compañeras a puestos de responsabilidad.
· Implementación de Teletrabajo en SSCC , in Touch, y facilitarlo a todo puesto susceptible de esta modalidad, con procedimiento sin condicionarlo a autorización de manager.
CONCILIACION:
· Flexibilidad horaria de 1h que pueda utilizarse, a elección del empleado, tanto en la entrada, la salida, como en el tiempo de comida de los días en que deba trabajarse de tarde.
· Reconocimiento de la tutela efectiva de menores, equiparando sus derechos a la guarda legal a los efectos de reducción de jornada de los jueves tarde y otros beneficios de manera análoga para la plantilla que tienen a su cargo menores no descendientes u otro familiar dependiente debidamente acreditado.
· Reducción jornada jueves tarde hasta los 12 años.
· Apoyo con la financiación del 50% de los gastos médicos justificados en especialistas o prótesis necesarias para los empleados o empleadas con menores con discapacidad menor del 33% a su cargo.
· Disfrute de vacaciones del año en curso hasta el 31 de enero del año siguiente.
· Dar solución a la problemática en la elección de turno de los empleados tengan asignadas fechas de vacacionesde los hijos menores, por sentencia o convenio regulador, así como a aquellos con hijos con discapacidad en centros especializados, cuando éstos permanezcan cerrados.
· Dar prioridad, también, a los traslados justificados por custodia compartida
· Delimitación del ámbito geográfico de reincorporación de las excedencias con reingreso inmediato a lo estipulado en Convenio.
· Igualar la mejora en la ampliación del permiso por nacimiento de 10 días naturales, al otro progenitor.
· Consolidar el permiso de cuidado del lactante como un permiso individual de las personas, que puede ser disfrutado por ambos progenitores.
· Que el permiso de corta duración se pueda disfrutar por horas (actualmente 7, pedimos 10)
· Permiso para el día de asistencia a pruebas o exámenes convocados por CaixaBank.
· Ampliación de permiso en caso de fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho con hijos menores a cargo.
· Cobertura de Adeslas en los primeros días de vida para el recién nacido de empleado equiparándolo a la cobertura del bebé cuando la madre es empleada, siempre que la madre no tenga seguro privado.
· Ajuste en los objetivos proporcional a quien disfruta de la reducción de jornada.
· La NO afectación de bajas por nacimiento en el cobro de Bonus o parte variable del salario. Y toda clase de incentivos.
· Comisión de servicio para empleadas embarazadas o en periodo de lactancia
· Flexibilidad horaria de 1h que pueda utilizarse, a elección del empleado, tanto en la entrada, la salida, como en el tiempo de comida de los días en que deba trabajarse de tarde.· Reconocimiento de la tutela efectiva de menores, equiparando sus derechos a la guarda legal a los efectos de reducción de jornada de los jueves tarde y otros beneficios de manera análoga para la plantilla que tienen a su cargo menores no descendientes u otro familiar dependiente debidamente acreditado.
· Reducción jornada jueves tarde hasta los 12 años.
· Apoyo con la financiación del 50% de los gastos médicos justificados en especialistas o prótesis necesarias para los empleados o empleadas con menores con discapacidad menor del 33% a su cargo.
· Disfrute de vacaciones del año en curso hasta el 31 de enero del año siguiente.
· Dar solución a la problemática en la elección de turno de los empleados tengan asignadas fechas de vacacionesde los hijos menores, por sentencia o convenio regulador, así como a aquellos con hijos con discapacidad en centros especializados, cuando éstos permanezcan cerrados.
· Dar prioridad, también, a los traslados justificados por custodia compartida
· Delimitación del ámbito geográfico de reincorporación de las excedencias con reingreso inmediato a lo estipulado en Convenio.
· Igualar la mejora en la ampliación del permiso por nacimiento de 10 días naturales, al otro progenitor.
· Consolidar el permiso de cuidado del lactante como un permiso individual de las personas, que puede ser disfrutado por ambos progenitores.
· Que el permiso de corta duración se pueda disfrutar por horas (actualmente 7, pedimos 10)
· Permiso para el día de asistencia a pruebas o exámenes convocados por CaixaBank.
· Ampliación de permiso en caso de fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho con hijos menores a cargo.
· Cobertura de Adeslas en los primeros días de vida para el recién nacido de empleado equiparándolo a la cobertura del bebé cuando la madre es empleada, siempre que la madre no tenga seguro privado.
· Ajuste en los objetivos proporcional a quien disfruta de la reducción de jornada.
· La NO afectación de bajas por nacimiento en el cobro de Bonus o parte variable del salario. Y toda clase de incentivos.
· Comisión de servicio para empleadas embarazadas o en periodo de lactancia
PROTOCOLO DE ACOSO:
· Regular otras medidas de solución de conflictos en el protocolo de acoso por la figura del mediador.
· Definición en los tiempos de respuesta y resolución en conflictos. Adopción de medidas cautelares si las circunstancias lo aconsejan.
· Regular otras medidas de solución de conflictos en el protocolo de acoso por la figura del mediador.· Definición en los tiempos de respuesta y resolución en conflictos. Adopción de medidas cautelares si las circunstancias lo aconsejan.
DISCAPACIDAD:
· Ampliación de los importes en la prestación concedida a la plantilla con hijos e hijas con discapacidad.
· Supervisión de puestos para plantilla con discapacidad adecuándolos a cada situación.
· Ampliación de los importes en la prestación concedida a la plantilla con hijos e hijas con discapacidad.· Supervisión de puestos para plantilla con discapacidad adecuándolos a cada situación.
PROTOCOLO DE COBERTURAS:
· Ampliación de la bolsa de horas de ETT para coberturas a 45.000 días.
· Igualar la obligada cobertura de baja por nacimiento para ambos progenitores.
· En casos de baja, dar cobertura adecuada y especializada a los GCII, Banca Empresa, Banca Premier, Banca Privada, gestores y especialistas.
· Cobertura obligatoria para la plantilla que tiene reducción de jornada 99,9% por cuidado de hijo con enfermedad grave.
· Cobertura de bajas por enfermedad común, profesional o accidente de trabajo se cubrirán a los setenta días consecutivos de baja, o en un plazo máximo de 10 días desde que se tenga conocimiento efectivo de que la baja vaya a tener al menos esa duración.
· Ampliación de la bolsa de horas de ETT para coberturas a 45.000 días.· Igualar la obligada cobertura de baja por nacimiento para ambos progenitores.
· En casos de baja, dar cobertura adecuada y especializada a los GCII, Banca Empresa, Banca Premier, Banca Privada, gestores y especialistas.
· Cobertura obligatoria para la plantilla que tiene reducción de jornada 99,9% por cuidado de hijo con enfermedad grave.
· Cobertura de bajas por enfermedad común, profesional o accidente de trabajo se cubrirán a los setenta días consecutivos de baja, o en un plazo máximo de 10 días desde que se tenga conocimiento efectivo de que la baja vaya a tener al menos esa duración.

1990