PROPUESTAS Y MEDIDAS PARA LA 2ª FASE

PROPUESTAS Y MEDIDAS PARA LA 2ª FASE

COMUNICADO CONJUNTO
SEGUNDA COMISIÓN SEGUIMIENTO ERE

Hace unos días tuvo lugar la segunda comisión de seguimiento del Acuerdo de ERE en la que se nos informó que ya se han aceptado 6.058 solicitudes de adhesión, que ya han sido notificadas oficialmente.

fase : extinciones y recolocación

Los números oficiales son:
  • Número de adhesiones aceptadas: 6.058
  • Número de personas con fecha prevista de extinción de contrato 1.11.2021: 1.223
  • Salidas colectivo con recolocación directa: 121
  • Salidas efectivas sobre el cómputo total de 6.452 personas: 5.937
  • Extinciones pendientes para alcanzar las 6.452 personas:  515
Igualmente, nos han comunicado que:
  • 28 personas han solicitado anulación de su adhesión
  • 11 adhesiones se han dado de baja (bajas voluntarias, invalidez y defunciones)
  • 4 solicitudes se han denegado por parte de la empresa
  • 5 adhesiones en principio no admitidas se han aceptado al comprobar errores en proceso de adhesión.

 

Por tanto, la empresa da por finalizada la 1ª fase, quedando la situación de la siguiente manera:

En el ámbito provincial (Red + DT + SSCC Distribuidos)

20 provincias siguen con un excedente a resolver de 404 posiciones.

Por otro lado, 32 provincias tienen exceso de solicitudes de adhesión, resultando en 2.070 peticiones que no pueden materializarse en salidas.

En SSCC
8 áreas siguen con un excedente a resolver de 111 posiciones y hay 7 áreas que tienen exceso de solicitudes de adhesión, resultando en 55 peticiones que no pueden materializarse en salidas

COMIENZA LA fase

A partir de ahora, se inicia la 2ª fase estipulada en el ERE en el que la Empresa pretende aplicar palancas que “favorezcan la adecuada distribución de la plantilla tras el proceso de aplicación de las medidas, fomenten la voluntariedad y permiten maximizar la aceptación de solicitudes de adhesión”, entre las cuales nos han expuesto:

1. estudio de todas las solicitudes de traslado

Inicio del estudio de todas las solicitudes de traslado formuladas por la plantilla adscrita de provincias que se mantengan como excedentarias a provincias con exceso de peticiones de adhesión

2. Oferta de vacantes de empresas filiales

Oferta en el mes de octubre de vacantes de empresas filiales (según sus necesidades), aceptando (en su caso) sólo aquellas solicitudes de la Red, SSCC distribuidos y DTs de provincias  o en Áreas de SSCC que todavía se encuentren en situación excedentaria una vez se han aceptado las peticiones de adhesión.

3. oferta de plazas para centros InTouch

Oferta de plazas para centros InTouch en provincias en las que no se ha alcanzado el número de peticiones de adhesión, además de un Centro de Soporte de Banca Digital (que se aperturará en Almería).

El número es provisional y dependerá de los traslados y resto de palancas.

Analizando los excedentes de estas provincias, y con la intención de reducir los excedentes que todavía quedan pendientes, se ha previsto la deslocalización de empleados de estos centros en 10 provincias incluyendo 3 nuevos centros (León, Córdoba y Huelva de InTouch y CSBD en Almería) que podrían permitir aceptar 284 extinciones en provincias con exceso de adhesiones.

4. Personas adheridas en situación de excedencia especial de grupo (EEG)

Personas adheridas en situación de excedencia especial de grupo (EEG), que inicialmente prelaban contra las provincias en las que prestaban sus servicios, se les va a considerar como parte de SSCC debido a que prestaban sus servicios  en empresas filiales consideradas parte de dichos SSCC.

Esto libera 55 plazas nuevas, 22 de empleados adicionales de EEG y 33 de provincias:

i.      Barcelona: 22

ii.     Madrid: 7

iii.    Málaga: 1

iv.    Sevilla: 1

v.     Valencia: 2

5. Ámbito de SSCC

Inicialmente, en el ámbito de SSCC el número de excedentes estimado se había reducido en el número estimado de personas que podían cubrir vacantes de recolocación indirecta. Para reducir el excedente total pendiente de aquellas Áreas en las que hay exceso de solicitudes de extinción de contrato, se procederá a su aceptación hasta cubrir el número de excedente Total considerado por Organización. Esta aplicación se estima que pueda suponer la aceptación de 25 solicitudes adicionales.

i.      Auditoría Interna: 10

ii.      CIB & International Banking: 4

iii.      Cumplimiento y Control: 3

iv.      Medios: 1

v.      Presidencia: 2

vi.      RRHH: 4

vii.      Sostenibilidad: 1

6. dimensionamiento del departamento de Riesgos en SSCC

La Empresa ha analizado el dimensionamiento del departamento de Riesgos en SSCC y ha considerado que se puede absorber el 100 % de su excedente, pero asumiendo el trabajo de 40 personas de SSCC distribuidos generando nuevas salidas en:

a.       Baleares: 6

b.       Barcelona: 13

c.       Sta. Cruz Tenerife: 5

d.       Madrid: 16

 

La prelación en las salidas, evidentemente,
será la misma que en la 1ª fase.

Con la suma de los puntos 3 (120 extinciones, 73 en provincias) y 4 (284 nuevas extinciones en provincias) se estima que, para alcanzar las 6.452 extinciones, quedará pendiente resolver un excedente de 136 posiciones.

 

LOS TRASLADOS, UNA PARTE ELEMENTAL DEL ACUERDO

 

No es de recibo que planteando como una de las palancas más importantes la publicación de plazas InTouch se nos haya facilitado sonando la campana la lista de solicitudes de traslados (que se podían solicitar hasta el pasado día 15 de septiembre).

En todo momento la RLT planteó los traslados como una oportunidad histórica para solucionar multitud de solicitudes por conciliación de numerosos empleados. Recibiendo la información tan tarde, ha sido materialmente imposible acometer dichas solicitudes en la presente comisión de seguimiento, por lo que exigimos que sean una parte importante de la siguiente, esperando que Dirección no se limite a aceptar solicitudes de provincias excedentarias a provincias donde haya más solicitudes que plazas disponibles (y así poder aprobar más adhesiones), si no que además sean flexibles a la hora de buscar concatenación de peticiones con el mismo fin: reducir excedentes en unas provincias y ayudar a que salgan más compañeros en otras.

Por tanto, CCOO, SECB y UGT ha solicitado que por delante de las palancas 3, 4, 5 y 6 siempre deberá estar el estudio y aplicación de las solicitudes de traslado por conciliación, tal y como está reflejado en el Acuerdo firmado en julio.
Finalmente, el orden será:
1. TRASLADOS

Se atenderán aquellos traslados por conciliación que den solución a excedente y déficit de provincias. Permitiendo minorar el primero y atender salidas en algunos casos. Siempre en base a.

2. PALANCAS 4-5-6

En paralelo para no paralizar la reorganización en esta fase, se aplicarán las Palancas 4-5-6 . Estas soluciones no afectarán al número de traslados que puedan ser atendidos.

3. PALANCA 3

Palanca 3, que deberá ajustarse en función del número de traslados que finalmente se hayan aceptado.

Además, en InTouch se puede hacer un mayor esfuerzo en la deslocalización y en la creación de vacantes en teletrabajo para solucionar el total de los excedentes. Y por eso hemos planteado que se generen más vacantes vinculadas a este objetivo y de paso a permitir más salidas en territorios deficitarios.

Al mismo tiempo, exigimos que se haga un mayor esfuerzo en plazas de este tipo de oficinas para evitar medidas más traumáticas como los traslados publicando nuevas vacantes una vez finalizada la 1ª fase. Así, evitaremos movilidades y resolveremos parte de los excedentes que quedan por solucionar.

Todas aquellas medidas que la empresa aplicará sin alterar las condiciones firmadas y beneficiosas para toda la plantilla, a CCOO, SECB y UGT nos parecen acertadas. No obstante, la Dirección quiere aplicar medidas unilaterales que SÍ afectan a los empleados, ya que reformular nuevos dimensionamientos en ciertos departamentos puede ocasionar beneficios para algunos pero también perjuicios para otros.

Además de estas consideraciones,
reclamamos los siguientes temas:

Disposición Adicional Tercera

Algunos de los empleados procedentes de Bankia tenían incluido en su Plus Funcional los importes correspondientes a la Ayuda de Estudios. En esta disposición se estipuló sacar de ese Plus dichos importes, lo que puede ocasionar que se reduzca el Salario Regulador y, por tanto, salir perjudicados.

Para evitar estas pérdidas tanto en ese ERE como los que previsiblemente se negociarán en el futuro, CCOO, SECB y UGT exigen a la empresa que estos Plus Funcionales se abonen en su totalidad y adicionalmente se abonen en la fecha correspondiente la ayuda de estudios.

Permiso 1 día por exámenes en fin de semana por formación normativa

Seguimos insistiendo que este permiso debe extenderse a las oposiciones. Resto de exámenes de formación normativa se hacen en días laborables y dentro del horario laboral. No puede ser que ahora utilicen este permiso para generalizar convocarnos a la formación obligatoria en fin de semana porque recordamos que la formación es tiempo efectivo de trabajo. Y si fuera así exigiríamos otra compensación

RESPUESTAS A DUDAS PLANTEADAS EN LA 1ª COMISIÓN DE SEGUIMIENTO

En la comisión de seguimiento realizada el pasado mes de agosto, CCOO-SECB-UGT planteamos conjuntamente una serie de inquietudes y aclaraciones, entre las cuales destacamos

descuento de desempleo

Dirección propone, con el objeto de ajustar el importe a descontar en concepto de prestación de desempleo a las personas trabajadoras que se encuentren en los supuestos indicados a continuación, que deberán presentar con, al menos un mes de antelación a la fecha de extinción comunicada, mediante correo electrónico dirigido a gestion.adhesiones.rrhh@caixabank.com, la documentación que para cada supuesto se determina a continuación:

A. Personas en situación de Excedencia Incentivada CaixaBank (EIC) o que lo hubieran estado en un período anterior no superior a seis años así como aquellas personas procedentes de BMN  que se acogieron a excedencias retribuidas  como medida paliativa del despido y que podrían encontrarse en una situación que no tuvieran derecho a 24 meses de desempleo:
Certificado del SEPE que acredite que no tendrán derecho (total o parcialmente) a la prestación por desempleo por causas no imputables a dichas personas.
B. Personas integradas de Bankia, procedentes de BMN y que fueron afectadas por un ERTE, cuya reincorporación se haya producido dentro de los últimos seis (6) años:
Certificado del SEPE que acredite que no tendrán derecho (total o parcialmente) a la prestación por desempleo por causas no imputables a dichas personas
C. Funcionarios en Excedencia:
Documentación que acredite fehacientemente que han renunciado a su plaza en la Administración Pública.

Es importante tener en cuenta que esta reducción en el descuento pactado, solamente se realizaría si la causa del no derecho al desempleo (o derecho parcial) no es imputable a la persona trabajadora.

En caso contrario (si la causa denegatoria es imputable a la persona), se le descontará, igual que al resto de personas, la cantidad lineal pactada: 26.500 €.

Como ejemplos de causas imputables a la persona trabajadora, tendríamos, entre otras, las siguientes situaciones:

  • Prestar servicios para otra Compañía o Administración Pública.
  • No haber renunciado a su plaza en la Administración Pública (caso de los funcionarios en excedencia) con carácter previo a la extinción de su contrato.
  • Haber disfrutado de una Excedencia por motivos distintos a los relacionados en el apartado a), durante los años anteriores.
  • Etc.

En previsión que el certificado emitido por el SEPE establezca el número de meses que tiene derecho a percibir la persona trabajadora, en los casos a) y b) se les descontará el importe resultante de la siguiente fórmula:

26.500 * [Número meses derecho a percibir prestación desempleo] / 24

Al colectivo de personas que se encuentre en el supuesto c) no se les descontará ningún importe en concepto de prestación de desempleo.

Al colectivo de personas que en la fecha de extinción de contrato hayan cumplido los 61 años y tengan menos de 63 años se les descontará el importe resultante de la siguiente fórmula:

26.500 * [Número meses enteros hasta cumplir 63 años] / 24
Fechas previstas para las FASES

La Dirección explica que las fechas previstas (que podrían ajustarse en función de la evolución de los diferentes procesos) son:

FASES
FECHAS PREVISTAS
Fase 1 14.7.2021 a 20.09.2021
Fase 2 15.9.2021 a 30.11.2021
Fase 3 1.12.2021 a 31.1.2022
Fase 4 1.2.2022 a 28.2.2022
Fase 5 1.3.2022

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  1. Yo tambien estoy aceptado y tampoco se cuando me voy pero … Para lo que me queda en el convento …

  2. Cuándo nos diréis algo a los de 1963?Qué pasa no os informan desde DIrección? A muchos nos afecta la salud, gracias

  3. BIen, y que pasa si el trabajador se encuentra de baja por enfermedad y que ésta sea irreversibe y terminal, por tanto sin posibilidad de ser demandante de empleo ni acceder a prestación por desempleo, ¿tiene sentido descontar una prestación que JAMÁS va a tener derecho a percibir?

  4. No lo acabo de entender, soy colectivo A provincia de Barcelona, zona Garraf, año 1963, cuándo marcharía?