GUÍA RÁPIDA PLAN DE PENSIONES DE EMPLEO

GUÍA RÁPIDA PLAN DE PENSIONES DE EMPLEO

SECB ha elaborado esta guía económica para que conozcas de manera sencilla las condiciones económicas y coberturas del Plan de Pensiones.

En cada desplegable encontrarás información específica de contenidos.

Recuerda que, si tienes cualquier duda, encontrarás al Delegado SECB de tu zona en el siguiente enlace QR:

PENS 30. PLAN DE PENSIONES DE EMPLEO

 

Como una mejora respecto al régimen público de previsión social, CaixaBank tiene constituido para todos sus empleados un Plan de Pensiones. La adhesión del empleado al plan es automática y no supone ningún coste para éste al estar íntegramente financiado por CaixaBank. Este plan ofrece un mayor nivel de ingresos futuros a partir de la jubilación y da cobertura a los riesgos de incapacidad y fallecimiento durante la etapa laboral. (Acuerdo Laboral de 31/07/2000)

SISTEMA FINANCIERO

El sistema financiero utilizado para todas las contingencias (jubilación, incapacidad y defunción) consiste en la capitalización financiera individual de las aportaciones de ahorro que para cada partícipe, realiza el promotor (CaixaBank) al fondo.

APORTACIONES

Hasta ahora, únicamente podía realizar aportaciones el Promotor en favor de sus empleados. Si al cabo del año llegan a superar el límite fiscal anual, el exceso se sitúa en una póliza complementaria. (SegurFon Empresa).

A partir de 2024, los partícipes, incluidos los partícipes en suspenso, podrán también realizar aportaciones voluntarias (que permitirán reducir la base imponible del IRPF), de conformidad con los límites establecidos por la legislación vigente en cada momento.

APORTACIONES

Para las personas que se incorporen a partir del 1 de enero del 2022 las aportaciones de jubilación serán del 4,5% sobre el salario pensionable desde el mes 2 hasta el 12 (ambos incluidos). Del 6% sobre el salario pensionable desde el mes 13 hasta el mes 84 (ambos incluidos). Y, a partir del mes 85, las aportaciones serán de un  7,50 % del Salario Pensionable -SP-. En todo caso, para aquellas personas que a fecha 2 de julio del 2022 no se hubiera iniciado la realización de aportaciones de ahorro, el inicio de estas tendrá efecto desde el 1 de julio de 2022.

Para el colectivo de personas origen Bankia se les aportará lo que establezca el Acuerdo Laboral de Integración de fecha 5 de julio de 2021.

Para el colectivo anterior al 07/07/2021 con efectos 1 de enero del 2022 se les incrementará en un 2% el porcentaje vigente en cada momento de aportación sobre el salario pensionable. Siendo la aportación de un 9,5% .

PRESTACIONES

  • POR JUBILACIÓN

    Será igual a los derechos consolidados (fondo acumulado) que tenga reconocidos por el Plan de Pensiones. Puede percibirse en forma de capital, de renta financiera, de renta asegurada, una combinación de las  anteriores o pagos sin periodicidad regular. La forma de cobro del Plan es de libre elección por parte del partícipe.

 

  • POR INCAPACIDAD Y FALLECIMIENTO

    Para las personas que se incorporen a CaixaBank a partir del 1 de enero de 2022, y para el colectivo Bankia en el límite mínimo las prestaciones por las contingencias de fallecimiento e incapacidad son las que se indican a continuación:
FALLECIMIENTO INCAPACIDAD
Viudedad Orfandad Permanente Total Permanente Absoluta Gran Invalidez
2 anual.
SP
2 anual.
SP
3 anual.
SP
4 anual.
SP

 

La prestación de fallecimiento  puede ir cambiando en base a la situación familiar de la persona trabajadora.  Se garantizan dos anualidades SP para el caso de fallecimiento en el supuesto que no tengan derecho de viudedad u orfandad o estas fueran inferiores a dos anualidades. Para todos los colectivos la prestación de viudedad incluye tanto cónyuge como a parejas de hecho.

Para los Colectivos de Origen Bankia en límite máximo y Caixabank la prestación por la contingencia de fallecimiento y de invalidez varia.

 

FALLECIMIENTO INCAPACIDAD
Viudedad Orfandad Permanente Total Permanente Absoluta Gran Invalidez
4 anual.         * 1 anual
SP                 SP por hijo
6 anual.
SP
7 anual.
SP
8 anual.
SP
*En el caso de orfandad es 1 anualidad de Salario Pensionable por hijo hasta un máximo de 2 anualidades de SP.
  •  La cuantía de las prestaciones por fallecimiento o incapacidad serán las determinadas en las especificaciones del Plan de Pensiones.

 

MOVILIDAD DE LOS DERECHOS CONSOLIDADOS

Los derechos consolidados podrán movilizarse a otro Plan por extinción de la relación laboral con el Promotor y pérdida de la condición de partícipe (partícipe en suspenso), y siempre que no haya cumplido los 60 años de edad.
Excepcionalmente, en los casos de enfermedad diagnosticada como grave y desempleo de larga duración, no se aplicará el límite de edad.

RENTABILIDAD

PENS 302. PLAN COLECTIVO ASOCIADO

El Plan Colectivo (modalidad 302) es un Plan individual de tipo asociado exclusivo y voluntario para todos los trabajadores en activo de CaixaBank, desvinculados, prejubilados y jubilados parciales.

El fondo de pensiones, donde se acumulan las aportaciones que deseen hacer los partícipes y los rendimientos de las mismas, está libre de gastos fijos de gestión y depositaría por acuerdo laboral de 1989.

RENTABILIDAD

 

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