Tarjetas Restaurante ¿por qué he perdido el saldo?

Tarjetas Restaurante ¿por qué he perdido el saldo?

Con la firma del Acuerdo Laboral que regulaba el sistema de compensación de comidas, se consiguió un pacto flexible para determinados centros donde se debía aplicar dicha compensación.

En este acuerdo quedó establecido, entre otras cosas, lo siguiente:

En junio de 2018 se tendría la posibilidad de cambiar de tarjeta restaurante a retribución dineraria.

A partir de 2019, y cada mes de noviembre, de forma voluntaria, se podría solicitar el cambio de modelo de compensación por comidas.

Para aquellos que cambiaran de modalidad de tarjeta restaurante a retribución dineraria, tendrían 3 meses para gastar el saldo de la tarjeta.

¿Qué ha pasado en octubre de 2018?

Pues que todo aquel que solicitó el cambio a retribución dineraria con abono en nómina, y tenía saldo pendiente en la tarjeta, ha visto que ésta ha sido cancelada y no puede gastar el dinero.

Desde SECB nos dirigimos a la Dirección de la empresa para denunciar la falta de comunicación a la plantilla que podría verse afectada por el límite de los 3 meses establecido para su utilización. Aunque es verdad que en las FAQ se recogía, la plantilla no tenía ni idea que podía perder ese dinero acumulado.

SECB solicitamos que esta plantilla recuperara su dinero,
así como una mayor flexibilidad a futuro

¿Cuáles fueron las peticiones del SECB?

 Recuperación del saldo para la plantilla que cambió de modalidad en junio.

 Más ventanas para el cambio de modalidad, no sólo en noviembre.

 Mayor tiempo para gastar el saldo una vez elegida la retribución dineraria con abono en nómina.

 Establecer una comunicación más efectiva con la plantilla, al acogerse al sistema de compensación de comidas y cuando cambia de modalidad.

La empresa ha respondido a nuestras peticiones

Finalmente, la empresa se ha pronunciado, reconociendo la falta de información a la plantilla y ha establecido las siguientes modificaciones:

 A todas estas personas afectadas, excepcionalmente, se les va a abonar el saldo en     cuenta a través de la nómina, aplicando la fiscalidad correspondiente.

 A partir de ahora, todo aquel que cambie de tarjeta a retribución dineraria, tendrá 9 meses para gastarse el saldo acumulado.

 La plantilla de estos centros podrá, en el momento que quiera,  solicitar el cambio de sistema de compensación de comidas, con efectos del día 1 del mes siguiente, con la única limitación de cambio de modalidad una vez al año.  Los empleados que modificaron el sistema de compensación en julio de 2018, deberán respetar esta limitación.
De esta forma, los empleados que se incorporan a Horario Laboral Singular con compensación de comidas recibirán una tarjeta (como se viene haciendo hasta ahora),  pudiendo solicitar con posterioridad el cambio.

 La empresa hará, a partir de ahora, una mejor comunicación para que todo el mundo tenga claro que a los 9 meses de haber cambiado a modalidad nómina se les cancelará la tarjeta y perderán el saldo.

 

Recordemos las FAQ’s:

 Podrán solicitar comidas los empleados adscritos a un horario especial en el que está regulada la compensación de comidas.

 

Proceso de solicitud de comidas por el empleado, gestión del manager y recarga de Tarjeta Restaurante:

 

Solicitud

El empleado solicita a través del portal las comidas realizadas. La solicitud se puede realizar todos los días hábiles, pero la tarjeta se recargará con las solicitadas hasta el día 5 de cada mes.

Gestión del manager

Días 6 a 10 de cada mes: el manager gestiona las comidas solicitadas, autoriza o deniega.
En caso de que no se gestionen, se aprueban automáticamente el día 10.

Recarga de tarjeta

Días 14 al 18 de cada mes: se recargará la Tarjeta Restaurante, con las comidas que haya solicitado hasta el día 5 de cada mes.

 

Podrás realizar la solicitud de comidas a través de:
Portal del empleado -> Compensación y Beneficios -> Registrar comidas

Y la aprobación de comidas a través de la siguiente ruta:
Portal del empleado -> Equipo -> Autorizar Comidas

 

 

¿Cuál es el importe de la compensación de comidas?

Según Acuerdo Laboral de 12 de diciembre de 2017, el personal adscrito a horario especial percibirá una compensación por comidas de 11€ por día trabajado en jornada partida.
Se permite disponer de hasta un máximo de 20€ al día (en uno o varios usos), siempre que exista saldo disponible.

¿Qué tipo de tarjeta es?

Es una tarjeta VISA prepago.
Se envía precargada con el importe correspondiente al número de días, comprendido en un período de cinco semanas, en los que exista la jornada partida según el horario especial al que estés asignado en el momento de su concesión.

¿Cuándo recibiré la Tarjeta Restaurante?

Recibirás tu tarjeta en el plazo de 10 días hábiles desde que se haya comunicado tu adscripción a un centro con horario especial.

¿Cuándo puedo comenzar a utilizarla?

Podrás comenzar a utilizar la Tarjeta Restaurante una vez la recibas y la actives.

¿Cómo se activa?

En cualquier cajero de CaixaBank, siguiendo los siguientes pasos:

  • Introduce la tarjeta.
  • Teclea el código OTP que recibirás automáticamente en el teléfono móvil que hayas comunicado, como cliente, a la entidad.
  • Elige el PIN que quieras para tu tarjeta.

¿Cómo puedo utilizarla?

Se utiliza como cualquier tarjeta de débito.
Podrás utilizarla en cualquier establecimiento de restauración o cafeterías que acepten pago con VISA. La normativa de uso está recogida en la norma 26: Gastos de empleados.

La he utilizado en un restaurante o cafetería y no funciona ¿qué puedo hacer?

A través del Call Center, en el apartado de empleados, podrás enviar la información del establecimiento, Nombre y CIF, y el número de tu Tarjeta Restaurante.
En un plazo aproximado de 10 días, CaixaBank Payments dará de alta el establecimiento para poder utilizar la Tarjeta Restaurante en futuras ocasiones, siempre que se ajuste a la norma 26.

¿Cómo puedo consultar el saldo?

La consulta de saldo puede hacerse a través de cualquier cajero CaixaBank y en Línea Abierta en el apartado de “Tarjetas”/“Tarjetas de Empresa”.

¿Qué sucede en caso de pérdida, robo o deterioro de la Tarjeta Restaurante?

En caso de robo o pérdida deberás llamar al teléfono 900 333 444, solicitar la baja de la tarjeta y el envío de una de sustitución.
En caso de deterioro podrás llamar al teléfono 902 200 202 y solicitar la restitución.

¿Cómo gestiono las comidas que ha solicitado mi equipo?

Podrás registrarlas a través de Portal del Empleado en la ruta: Portal del empleado -> Equipo -> Autorizar Comidas

¿Qué sucede con la tarjeta si dejo de estar adscrito a un centro con Horario Laboral Singular?

Si cambias de centro y pasas a uno sin HLS, perderás el beneficio de las comidas, pero la desactivación de la tarjeta será a los 9 meses de dicho cambio (se amplía de 3 a 9 meses). En esos 9 meses debes consumir el saldo o lo perderás.
El día de cambio de centro, la entidad recuperará el saldo inicial que recargó cuando se entregó la tarjeta, pero la tarjeta estará activada durante 9 meses más para que puedas consumir el saldo restante.
No debes realizar ninguna gestión pues la baja es automática.

¿Puedo percibir la compensación de comidas mediante retribución dineraria?

En noviembre 2018 se abrirá una nueva ‘ventana’ para cambiar de sistema de compensación de comidas. Los afectados podrán solicitar o retribución dineraria o tarjeta restaurante.

A partir de noviembre, cualquier empleado podrá solicitar el cambio de sistema de compensación de comidas cuando lo desee, con efectos del día 1 del mes siguiente, con la única limitación de  cambio de modalidad de pago una vez al año.  Los empleados que modificaron el sistema de compensación en julio de 2018, deberán respetar esta limitación.
De esta forma los empleados que se incorporan a HS con compensación de comidas recibirán una tarjeta (como se viene haciendo hasta ahora), que es la modalidad que mayoritariamente prefieren, pudiendo solicitar con posterioridad el cambio (incluso pedir el cambio al mes siguiente)

¿La compensación de comidas cotiza a la Seguridad Social?

Todas las recargas que recibas en la Tarjeta Restaurante formarán parte de la base de cotización del mes en el que se hayan efectuado, siempre que tu base no supere la Base Máxima de Cotización establecida legalmente.

Tributación de la compensación de comidas y normativa fiscal

La entidad imputará, en la nómina del mes, la retribución en especie por el importe que resulte no exento fiscalmente de cada compensación de comidas que se recargue en tu Tarjeta Restaurante.
El importe sujeto a tributación por cada comida dependerá de la legislación vigente en cada momento.

Los requisitos de uso cuyo cumplimiento recae bajo la estricta responsabilidad del empleado son los siguientes:

  • Consumo de saldo en días hábiles.
  • No es compatible devengar dietas exceptuadas de gravamen el mismo día que uses la tarjeta.
  • Uso único en establecimientos de restauración o cafeterías y, de manera personal e intransferible.
  • La legislación no permite la acumulación de saldos no consumidos.

En este sentido, la Dirección General de Tributos considera que será responsabilidad del empleado, la acumulación en un día de las cuantías no consumidas en otros días. El incumplimiento de la prohibición de acumulación comportará que el empleado deba incluir en la declaración – liquidación que proceda las retribuciones en especie correspondientes a los importes acumulados.

 

Begoña
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