SECB reclamamos implementar las mejoras de los nuevos permisos de conciliación

SECB reclamamos implementar las mejoras de los nuevos permisos de conciliación

Estos son los nuevos permisos cuyo objetivo es reconocer las barreras en la conciliación laboral a la que se enfrentan las familias.

Quedan modificados del Estatuto de los Trabajadores por la transposición de la directiva 2019/1158 de la UE relativa a la conciliación

SECB

COMPROMETIDOS CON LA PLANTILLA

Estos son los nuevos permisos a implementar porque… YA vamos TARDE !

Permiso PARENTAL de 8 semanas

Las personas trabajadoras tendrán derecho a un permiso parental para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años.

Este permiso no tendrá remuneración económica.

Tiene una duración no superior a ocho semanas, continuas o discontinuas, es intransferible y podrá disfrutarse de manera flexible, ( por ejemplo, para favorecer el cuidado de los menores durante los períodos sin clase, como los meses de verano).

PERMISOS RETRIBUIDOS

 

Permiso retribuido de 5 días al año para que cada trabajador pueda cuidar de familiares de segundo grado o convivientes

La persona trabajadora podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración durante 5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.

Permiso retribuido de hasta 4 días por causa de fuerza mayor

Permiso para ausentarse 4 días por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.

PAREJA HECHO

  • 2 días hábiles en caso de fallecimiento de la pareja de hecho y 4 días cuando sea en distinta localidad.
  • 15 días naturales en caso de registro de pareja de hecho.

ADAPTACION Y REDUCCION DE LA JORNADA

 

ADAPTACION Y REDUCCION DE LA JORNADA

Se amplía el derecho a la reducción de jornada llegando a quienes precisen encargarse del cuidado directo del cónyuge o pareja de hecho, o un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad y afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.

También se contempla la posibilidad de adaptar o reducir la jornada para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad que sean menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave.

Este derecho será de aplicación cuando el grado de discapacidad supere el 65% siempre que dicha condición se acreditase antes de cumplir los 23 años.

En el caso de las familias monoparentales, el progenitor único podrá disfrutar de las ampliaciones completas de suspensión del contrato para el caso de familias con dos personas progenitoras en el supuesto de discapacidad del hijo o la hija o en nacimientos múltiples.

Se amplía el derecho a la adaptación de la jornada de las personas con dependientes a cargo para aquellas personas que acrediten deberes de cuidado respecto de los hijos mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado del trabajador, así como de otras personas dependientes cuando, estas últimas, convivan en el mismo domicilio, y que no puedan valerse por sí mismas.

En caso de negativa, la empresa deberá justificar esta oposición o, en su caso, plantear una eventual solución alternativa.

GARANTÍAS

 

El nuevo texto también establece garantías para que las personas trabajadoras no puedan sufrir perjuicios como consecuencia del ejercicio de estos nuevos derechos de conciliación.

Nuestro objetivo es adaptar y mejorar la actual regulación de inmediato 

 

Y además, seguiremos luchando por conseguir:

  • Lograr un Protocolo de TRASLADOS ambicioso
  • Equiparación en las ayudas y permisos para quienes tienen la guarda y custodia o tutela efectiva reconocida judicialmente de menores no descendientes y familiares discapacitados.
  • TRABAJO EN REMOTO: El programa piloto es limitado y restrictivo. Queremos un teletrabajo que supere el presencialismo, que no se determine con criterios subjetivos y se adapte a la plantilla.
  • una verdadera DESCONEXIÓN DIGITAL necesaria para la plantilla, un derecho recogido legalmente que se debe respetar. Algunos Danes ignoran las graves consecuencias de incumplir este derecho, si en tu territorio no se cumple, contacta con tu Delegado SECB,
  • Mejorar un PROTOCOLO DE ACOSO más garantista y actualizado a la nueva Ley.
Es urgente y necesario que la empresa se tome en serio los cambios laborales y sociales, que garantice la igualdad de oportunidades en todos los ámbitos de la organización, así como el RESPETO al derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.

Una gestión eficaz de los tiempos de trabajo debe incluir medidas que eviten el abuso que esta suponiendo el uso de las nuevas tecnologías, permitiendo la desconexión digital real amparada por la Ley.

 

DESDE SECB, SEGUIMOS LUCHANDO POR LA PLANTILLA

 

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Lucia
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