El pasado 17 de febrero SECB exigimos a la empresa (lee aquí) que cumpliera la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Segunda, Sentencia de 22 dic. 2022, C-392/2021, por la que el empresario viene obligado a proporcionar a los trabajadores dispositivos de corrección visual.
La empresa tiró pelotas fuera
amparándose en la «interpretación» de la sentencia
por parte de los servicios jurídicos del Servicio de Vigilancia de la Salud (SVS_QUIRÓNPREVENCIÓN)
SECB HEMOS PRESENTADO DEMANDA LABORAL | |
para que CaixaBank proporcione a los trabajadores gafas o lentillas graduadas para el trabajo siempre que los reconocimientos médicos demuestren que son necesarios. |
El próximo día 31 de enero y 1 de febrero, tenemos acto de conciliación con la empresa ante los juzgados de lo social
«… lo que se puede plantear es cómo se va a cumplir la obligación del empresario de proporcionar a los afectados trabajadores el dispositivo corrector especial previsto (gafas o lentillas graduadas para el trabajo siempre que los reconocimientos médicos demuestren que son necesarios); si se hará, bien mediante entrega directa de dicho dispositivo por parte del empresario, bien mediante el reembolso de los gastos que el trabajador haya tenido que efectuar y justifique…»
PERO NO HAY DUDA,
LOS DEBEN PAGAR
Informaremos puntualmente de los avances de la demanda
EN SECB ESTAMOS PARA AYUDARTE,
SUMAMOSCONTIGO