El Convenio Colectivo de las Cajas y Entidades Financieras de Ahorro, con vigencia 2019-2023, estableció unas modificaciones salariales que, por la situación extraordinaria actual, han quedado totalmente desfasadas.
Los incrementos salariales para 2022 han sido del 0,75% y los del 2023 serán del 1%, muy lejos del IPC actual del 7,6% (febrero 2022) y que ha estado por encima del 1% desde marzo 2021.
Y es que, en el momento de la negociación del Convenio, no se podía prever los efectos tan perjudiciales que están teniendo en el bolsillo de la plantilla los incrementos de los precios del petróleo, la luz y el transporte, así como el conflicto bélico entre Rusia y Ukrania.
La plantilla siempre ha hecho – y sigue haciendo – un esfuerzo importante, en lo económico y en lo laboral.
No hubo incrementos salariales en 2019, 2020 y 2021, donde la crisis económica y la pandemia exigieron un sacrificio inmenso de todos, pero ante la situación excepcional de los precios, hace que ahora pidamos un esfuerzo por parte de CaixaBank, mejorando el Convenio, sobre todo tras la integración de Bankia ya realizada y unos beneficios anuales históricos en nuestra Entidad, de más de 5,200 millones de euros.
REVISIÓN DE LOS ACUERDOS LABORALES. PAGO COMPENSATORIO.
Los contratos están para cumplirlos según el principio fundamental de Derecho Civil pacta sunt servanda, obligando a los contratantes a cumplir sin excusa ni pretexto lo acordado.
No obstante, existen excepciones cuando existen circunstancias sobrevenidas radicalmente imprevisibles que aumenten la onerosidad o coste de las prestaciones de una de las partes aplicando la cláusula rebus sic stantibus («mientras continúen así las cosas») inherente a todo contrato.
Los contratos pueden ser revisados cuando concurran circunstancias imprevisibles y especialmente gravosas para una de las partes en aplicación de la cláusula rebus sic stantibus
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