Como todos los años, desde SECB os detallamos las particularidades más importantes de la nómina del mes de septiembre con los abonos por ayuda de formación de hijos de empleados.
Además, os explicamos las características (y como solicitarlo) de las ayudas de estudios para empleados, y por último los cambios en los horarios a partir del 1 de octubre.
AYUDAS DE FORMACIÓN DE HIJOS
Os recordamos de nuevo todo lo que ya os comunicamos el pasado mes de agosto.
AYUDA DE GUARDERÍA, hijos menores de 3 años
Son tres pagos que se satisfacen el año de nacimiento y los dos siguientes cuyo importe se incrementa en caso de discapacidad reconocida del menor.
AYUDA DE GUADERÍA
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GENERAL | GRADO DE DISCAPACIDAD* desde 0 % hasta 64% |
GRADO DE DISCAPACIDAD igual o superior al 65% |
925 € | 5.150 € | 6.300 € |
* Minusvalía entre 0 y 33 %:
- Tienen que justificarse obligatoriamente los gastos para la educación especial, terapia o el transporte colectivo
- Se descontarán los 510 € ya cobrados
- Se pagará contra factura presentada hasta 3400€
En caso de que tengáis que notificar por primera vez la discapacidad de vuestro hijo, tendréis que modificar los datos familiares del mismo en el Portal del Empleado (Datos Personales -> Datos Familiares -> Editar), indicando
El grado de discapacidad, el inicio y fin de la misma
anexando la Resolución del Grado de Discapacidad.
AYUDA FORMACIÓN DE HIJOS DE EMPLEADOS de 3 a 24 ó 25 años en algunos casos
Se percibirá por cada hijo/a, desde el año en que cumpla 3 años y hasta el año en que cumpla los 24 (ó 25 si el empleado tiene una antigüedad anterior al 2004, cobrando la parte proporcional de dicho año).
No obstante, se excluirán a los hijos perceptores de rentas superiores al salario mínimo interprofesional (sin que a estos efectos compute la ayuda alimentaria judicialmente reconocida).
AYUDA FORMACIÓN DE HIJOS EMPLEADO
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GENERAL | GRADO DE DISCAPACIDAD
desde 33% hasta 64% |
GRADO DE DISCAPACIDAD igual o superior al 65% |
510 € | 3.400 € | 6.300 € |
Ratificado el convenio colectivo 2024-2026, para seguir percibiendo la ayuda a partir de los 21 años, se debe justificar que el hijo/a del empleado continúa cursando estudios. |
CÓMO DEBES GESTIONAR EL TRÁMITE
(Solo para Hijos e Hijas > 21 años que siguen cursando estudios)
People Xperience > Mi día a día > Acceso a Mi Portal > Solicitudes a RRHH (Gestión de mis solicitudes) > Nueva solicitud > Ayuda Formación de hijos/as < 33% o de 21-25 años People Xperience > Acceso a People Xperience > Mis beneficios Acompañamiento Familar > Ayudas de hijos > Ayudas de formación de hijos > Solicitud ayuda estudios hijos (se abrirá una nueva pestaña para ir poniendo la información requerida) |
REQUISITOS PARA SOLICITAR ESTAS AYUDAS
El hijo o hija deberá cursar estudios.
- Se deberá adjuntar como mínimo un documento justificativo que acredite que el hijo o hija cursa o cursará dichos estudios.
- Que el hijo o hija no perciba rentas superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento. Actualmente, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2024 se sitúa en 15.876 euros anuales distribuidos en 14 pagas de 1.134 euros.
PERÍODO DE PRESENTACIÓN
Antes del día 10 de SEPTIEMBRE
si lo quieres cobrar en la nómina de septiembre
En caso de que, para esa fecha, no tengas documentación acreditativa de los estudios cursados por tus hijos, se podrán hacer efectivos en periodos posteriores, siempre en función de la fecha de la solicitud (en la nómina de ese mismo mes o del mes siguiente) y con el límite del fin del curso escolar.
Recuerda: en ningún caso un mismo curso puede dar lugar a la percepción de esta ayuda en dos años distintos.
EXCLUSIÓN
Cuando el hijo o hija con edad entre 21 y 25 años tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% no será necesario acreditar que está cursando estudios para percibir la ayuda de formación.
La ayuda para la formación de hijos entre 21 y 25 años requiere presentación de documentación y trámite de solicitud
Antes del día 10 de SEPTIEMBRE
si lo quieres cobrar en la nómina de septiembre
COMPLEMENTO RESIDENCIA
La ayuda se incrementará en un 100%, es decir otros 510 €, siempre que:
- Ser una persona contratada por CaixaBank antes del año 2004 (regulación anterior al Convenio Colectivo 2003-2006 por la que, en el primer año, las personas trabajadoras únicamente percibían la parte proporcional) y aquellas subrogadas en CaixaBank provenientes de alguna caja de ahorros en la que hubieran sido contratadas antes del año 2004. En caso contrario, la prestación se abonará hasta los 24 años.
- Recibo de alquiler o justificación de la residencia en localidad diferente a la que habitualmente residen.
- Cuando existan los estudios en la localidad habitual de residencia, justificación de haberse solicitado y no obtenido la plaza.
- Matrícula de los estudios que está cursando tu hijo o hija.
- Los hijos/as deban cursar estudios a partir del 5º año de primaria teniendo que pernoctar en plaza distinta a la del domicilio habitual del empleado/a al no poder realizar sus estudios en su localidad.
- Los hijos/as no perciban rentas superiores al Salario Mínimo Interprofesional (15.876 euros anuales, deduciendo la ayuda alimentaria judicialmente reconocida en los supuestos de disolución matrimonial)
Madre y padre son empleados de CaixaBank
Si ambos progenitores son empleados, la ayuda se abonará a quien indiquéis a RR. HH. a través del apartado de datos familiares en el Portal del empleado. Si deseas realizar algún cambio acerca del perceptor, deberás completar los mismos pasos indicados anteriormente
Empleados provenientes de integraciones
Recordad, por una parte, que estos abonos no afectan a los empleados provenientes de integraciones que todavía tengan Complemento de Homologación (es decir, que los recibirán al 100%), y por otra, que estos importes siempre son brutos.
¿Y PARA NOSOTROS NO HAY?
Tenemos ayudas para mejorar nuestros conocimientos, y no sólo directas, también a través de Compensa+
CÓMO PUEDES GESTIONAR EL TRÁMITE |
People Xperience > Mis Beneficios > Otros Beneficios > Ayuda de estudios para empleados > Ayuda de estudios e idiomas A continuación, pulsar en cada una de las opciones (Ayuda de estudios para empleados o Ayuda de idiomas para empleados) y clicar en el botón «Solicitud de ayuda de …» |
Los importes de estas ayudas son:
Idiomas
90% del importe equivalente a 75 créditos del precio publicado anualmente en el D.O.G.C. relativo a las licenciaturas de Traducción e Interpretación. Como puedes observar desde este enlace, se han renovado los precios para este curso académico (18,46 € por crédito).
Por tanto, se abonará un máximo de 1.246,05 € para los años 2024/2025 (desde el 1-9-2024 hasta el 31-8-2025)
Para libros hasta 120€. Las lenguas que incluye son inglés, francés, alemán y las lenguas oficiales del territorio español.
No están incluidas en estas ayudas:
Las clases particulares ni los cursos que se efectúan mediante vídeos, multimedia, soportes de audio, etc. sin que haya asistencia a clase.
Existe la posibilidad de cursar e-idiomas, pero deberán ser en centros homologados (ver relación, no excluyente, en el portal del Empleado).
El solicitante deberá anexar el cargo de la matrícula (datos identificativos y por el importe satisfecho + IVA). Además, deberá aportar, por cada factura presentada, un certificado de aprovechamiento (a través del Portal del Empleado) del periodo que comprenda la misma.
Recuerda además que
- Puedes hacer un curso de Idiomas a través de Virtaula. Tienes el acceso al mismo directamente desde PeopleXperience, siguiendo los pasos que os hemos comentado anteriormente.
- Puedes combinar estas ayudas con la contratación de estudios de idiomas a través de Compensa+, aprovechando sus ventajas fiscales.
Universidad pública
Pueden solicitarse ayudas para la obtención de un títulos oficiales de grado o postgrado (máster universitario y doctorado) a precios públicos, cualquier materia.
Se abonará el 90% de la matrícula de las asignaturas y de las cuotas administrativas y un máximo de 120€ por asignatura para compra de libros dentro de los dos meses siguientes a la conclusión de la solicitud (con los justificantes solicitados).
Universidad privada
Pueden solicitarse ayudas para la obtención de un título de grado, cualquier materia.
Se abonará el 50% de todos los gastos de matrícula de las asignaturas y de las cuotas administrativas y un máximo de 120 € por asignatura para compra de libros dentro de los dos meses siguientes a la conclusión de la solicitud (con los justificantes solicitados).
Masters y postgrados
Los contenidos académicos deberán estar relacionados con los estudios de Derecho, Ciencias Económicas, Ciencias Empresariales, Dirección de Empresas, Marketing, Informática, Ingenierías, Relaciones Laborales, Ciencias del Trabajo, Psicología y Sociología, Matemáticas y Estadística y equivalentes relacionadas con el ámbito laboral de las Cajas de Ahorros.
Se abonará el 50% del coste del máster o postgrado con un importe máximo de 3.700 € cada 4 años en estudios relacionados. (Si a lo largo de los 4 años no se ha agotado el importe, el saldo disponible se acumula al periodo siguiente).
Os recordamos que…
A partir del día 1 de octubre y hasta el próximo mes de abril (incluido), retomamos el horario de invierno salvo los centros que se acogen al Horario Laboral Singular (que este año retoman su jornada habitual el día 16 de septiembre), la jornada de los jueves será de 8 a 14.30 (8:15 A 14:30 de atención al público) y de 16 a 19 horas (de 16:15 a 18:30 de atención al público).
También os recordamos que, según convenio, en los 2 últimos jueves de diciembre y en el primero de enero el horario es de 8 a 15 horas (para el 2024, los días 19 y 26 de diciembre, y para 2025 el 2 de enero). Los centros con HLS no están incluidos (tienen su propia regulación de horario laboral).
Para cualquier aclaración,
ponte en contacto con tu Delegado SECBESTAMOS PARA AYUDARTE,
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