Movilidad… ¿A cuántos kilómetros pueden trasladarme?

Movilidad… ¿A cuántos kilómetros pueden trasladarme?

En este momento de cierres, integraciones, «ruedas de empleados»… algunos compañeros se ven obligados a cambiar de oficina.

Se ha «infoxicado» mucho al respecto de cuan lejos puede ser el destino «forzoso» de cualquier empleado de CaixaBank. Algún sindiCCatOO ha hecho mucho por esta causa.

Solo recordaos que la movilidad según convenio es de 25kms. Ni un metro más. Se calcula de la dirección del centro de origen al centro de destino, puerta a puerta, y en la web viamichelin.es.

Si al comprobar la distancia, ambos destinos se encuentran a menos de 25kms, estaríamos obligados a aceptar el nuevo destino.

Si la distancia es superior a 25kms, NO pueden moverte sin tu consentimiento.

Lo más importante: «nunca firmes nada
sin consultarlo con tu delegado»

De forma excepcional, esa distancia se amplía hasta un máximo de 75 kms (y un tiempo acotado de 60 minutos de desplazamiento como máximo) solo en caso de vacantes forzosas provocadas como consecuencia de salidas del ERE. Es decir, para que trasladen a alguien a más de 25kms debería haber habido una salida del ERE en esa oficina. Primero se intentaría enviar a alguien que estuviera en un radio de máximo 25 kms y si no fuera posible se publicaría la vacante voluntaria de esa plaza. De quedar desierta la cobertura de la plaza, podrían mover de manera forzosa.

A día de hoy, la murga que nos dieron con la dichosa «Purga»
¡se ha quedado en una sola movilidad forzosa!
Pero parece que les gusta más vender el terror y el miedo,
en lugar de reconocer que, una vez más, se han equivocado.

¡Que no te CCOOnfundan!

 

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  1. No. Te pueden mover a 25 una sola vez. Tu centro de adscripción a efectos de movilidad es el primer traslado (siempre que no te traslades voluntriamente)

  2. No entiendo bien tu pregunta. La movilidad forzosa no se pica. Supongo que eiras movilidad voluntaria. Una vez movilizado donde voluntariamente has querido quedas adscrito a esa oficina y estarás sujeta como el resto de compañeros, a una movilidad de hasta 25km

  3. Si en tu oficina hay alguien que ha picado movilidad forzosa después de la salida del Ere, no la pueden mover. Eso es así?

  4. No siempre y cuando no firmes nada o piques una plaza por COBS. Por eso te recomendamos que SIEMPRE consultes con tu delegado SECB.

  5. Los desafios del sector han provocado muchos cambios de calado en el sector, muchos cambios en nuestra empresa.
    En mi modesta opinión, aquella representación laboral que toma el camino de la negociación seria y efectiva, encaminada a la obtención de acuerdos garantistas, me dice mucho más, en lo que confianza para verme representado se supone, que otra organización sindical que tira de «meter miedos» a la plantilla y, en ocasiones, añadiendo problemas donde no los hay.
    CREDIBILIDAD SECB.

  6. No, Paco. Tu centro de referencia no cambia, siempre es el mismo. Solo 25 km a la redonda de tu centro de referencia.

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