Prestaciones de defuncion e invalidez

Prestaciones de defuncion e invalidez

Derechos incluidos dentro de nuestro Plan de Pensiones.

Desde la exteriorización del Plan de Pensiones no tenemos ninguna póliza de seguro de vida como tal. No obstante, se continúan manteniendo las mismas coberturas de riesgo de Defunción y de Invalidez que ofrecía el sistema de previsión anterior.

Así, actualmente todas las situaciones de riesgo de un empleado activo están cubiertas desde el Plan de Pensiones con los derechos consolidados del Fondo, las pólizas de excesos reglamentarios y/o fiscales y la póliza de riesgo que paga CaixaBank una vez al año.

DEFUNCION.

En caso de esta contingencia, tenemos derecho a cuatro tipos de prestaciones:

  • el Capital de Defunción, de libre designación
  • las Prestación por Viudedad (vitalicia) y de Orfandad (temporal hasta los 25 años), que dependen del salario pensionable de cada partícipe activo
  • el resto de Derechos Consolidados, también de libre designación y siempre una vez contratadas las modalidades anteriores (si sobraran derechos)

INVALIDEZ

En este caso el beneficiario es el Partícipe del Plan de Pensiones, aunque también se incluyen prestaciones de defunción e invalidez para cónyuge e hijos, llegado el caso.

Las prestaciones posibles serian:

  • En renta asegurada por incapacidad, y dependiendo del tipo de esa incapacidad (gran invalidez, absoluta o total)
  • En capital, únicamente para los casos de Gran Invalidez o Incapacidad Absoluta
  • Y, opcionalmente, en Derechos Consolidados, pudiendo cobrar hasta el 50% de los derechos consolidados rebajando la renta asegurada del punto anterior.

Si tienes cualquier duda te la solventaremos e incluso te podemos realizar un completo informe con simulaciones de todas las prestaciones que aquí te explicamos.

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