En aplicación del deber general de prevención, la empresa está obligada a garantizar una protección eficaz en materia de seguridad y salud de los trabajadores a su servicio, en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
Para garantizar esa protección eficaz, la cobertura asistencial y servicios que dispones en la empresa son amplios y habitualmente los empleados no tenemos claro a donde acudir para cada gestión…
EN SECB TE LO PONEMOS FÁCIL
cobertura asistencial
📌 Accidentes de trabajo (acudir al centro de MU con el “volante de prestación de asistencia sanitaria cumplimentado )
-
-
- En el lugar de trabajo,
- In itínere,
- In mision.
- Incluyendo los producidos por atracos/amenazas/agresiones.
-
📌 Solicitud del subsidio por baja (sin enfermedad) en el embarazo/lactancia natural
📌 Solicitud de subsidio por cuidado de menores con enfermedades graves
📌 En bajas por enfermedad común:
-
-
- Seguimiento de la baja y acudir a las revisiones que soliciten
-
📌 Apoyo psicológico
ATRACO, AMENAZAS y AGRESIONES
📌 LIPOATROFIA
TERRITORIO NACIONAL
EXCEPTO COMUNIDAD VALENCIANA
como contactar MUTUA UNIVERSAL --> 24h
COMUNIDAD VALENCIANA
como contactar UMIVALE --> 24h
AMENAZAS, AGRESIONES Y ATRACOS
coberturas
Solamente quedan cubiertos los siniestros ocurridos durante la jornada laboral, por gestión de servicio, excluyendo los desplazamientos del domicilio del empleado al centro de trabajo y viceversa.
siniestros - Comunicación y tramitación
Tel. 93 227 90 90
(lunes a viernes laborables en horario de oficina). También consultas.
Fax: 93 432 51 60
Mail: autosempleadoscaixa@segurcaixaadeslas.es (También consultas)
Para información ampliada, consulta a tu delegado SECB
cobertura asistencial
📌 Reconocimientos médicos de empresa.
Solicitarlo por teléfono o por mail especificando Nombre y Apellidos, NIF, fecha de nacimiento, puesto de trabajo, número de empleado, oficina y dirección de la oficina y teléfono de contacto.
Telf. 678 548 961 (de 10 a 14 h. días laborables)
Mail: uadagcmadrid@quironprevencion.com
📌 Valoraciones Personal Especialmente Sensible (PES)
El concepto de trabajador especialmente sensible se puede definir a partir del artículo 25.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Derivado del contenido de este artículo, surgen dos conceptos básicos para la consideración del trabajador especialmente sensible:
- La existencia de características personales o estado biológico conocido que suponga una especial sensibilidad a los riesgos derivados del trabajo
- La presencia de discapacidad física, psíquica o sensorial.
📌 Evaluación Riesgos Laborales (EVR) en centros de trabajo
La evaluación de riesgos laborales es un proceso destinado a identificar y localizar los posibles riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores y a realizar una valoración de los mismos que permita priorizar su corrección.
como contactar
Telf. 678 548 961 (de 10 a 14 h. días laborables)
Mail: uadagcmadrid@quironprevencion.com
Web: quironprevencion
funciones
Los servicios de prevención deberán estar en condiciones de proporcionar a la empresa el asesoramiento y apoyo que preciseen función de los tipos de riesgo en ellaexistentes y en lo referente a:
- El diseño, implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales que permita la integración de la prevención en la empresa.
- La evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores.
- La planificación de la actividad preventiva y la determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas y la vigilancia de su eficacia.
- La información y formación de los trabajadores.
- La prestación de los primeros auxilios y planes de emergencia.
- La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo.
como contactar
Mail: servicio.prevencion@spmglc.es
ATRACOS, AMENAZAS Y AGRESIONES (AAA)
📌 Amenazas y agresiones
El objeto de este protocolo de actuación ante agresiones y amenazas es promover la adopción de medidas de actuación y coordinación específica, que tengan como finalidad la prevención, protección y actuación de las personas ante eventos de esa naturaleza.
Se entiende por conductas agresivas de terceros aquellos actos de violencia física (pegar, golpear, empujar,…) y conductas verbales o físicas amenazantes e intimidatorias que la plantilla pueden padecer por razón de su trabajo, TANTO DENTRO CÓMO FUERA DEL CENTRO DE TRABAJO
📌 Atraco
El objeto de este protocolo de actuación en materia de atracos es promover la adopción de medidas de actuación y coordinación específica, que tengan como finalidad la protección de las personas ante eventos de esa naturaleza, en una triple dimensión: antes, durante y después del atraco.
Apoyo Psicológico
El impacto de «CUALQUIER TIPO DE EPISODIO VIOLENTO» es muy variable, dependiendo de la naturaleza y gravedad del incidente y de quién haya sido el sujeto pasivo del mismo. En cualquier caso, las situaciones de violencia pueden generar consecuencias sobre los empleados, pueden manifestarse en un estado de cólera o ira, en una desconfianza general frente a personas extrañas, ataques de pánico y ansiedad conectados al miedo de que el evento pueda volver a producirse.
Todo ello puede afectar no sólo a la vida laboral sino también a la personal.
Por ello es importante dar una respuesta rápida y profesional que permita ayudar a recobrarse del evento.
PROTOCOLO ACOSO SEXUAL Y LABORAL
📌 Acoso
Es el hostigamiento y/o humillación deliberado y continuado, mediante la
intimidación, el maltrato verbal o modal que recibe un trabajador, con el
objeto de excluirlo o destruirlo psicológicamente
📌 GESTOR de Igualdad y del Tratamiento de los Acosos
Persona nombrada por la Dirección de CaixaBank y aceptada por la Comisión de Igualdad y Conciliación, que recibe todas las consultas y denuncias por acoso y lleva a cabo la investigación de las denuncias con total confidencialidad
CONSULTAS Y DENUNCIAS (Entidad Gestora externa)
OTROS BENEFICIOS ASISTENCIA MÉDICA
NO LABORALES
COBERTURAS
La póliza ADESLAS es un seguro médico privado incluido denro de los beneficios sociales a condiciones de empleado.
No pertenece al ámbito de la Salud Laboral ni tiene ninguna vinculación a la protección de la salud del empleado a la que obliga la ley al empleador.
Para cualquer enfermedad o lesión en con orígen en el trabajo, se deberá acudir a la Mutua de la Empresa (MUTUA UNIVERSAL) o al Servicio de Vigilancia de la Salud (QUIRÓNPREVENCIÓN).
📌 Es un Beneficio social para los empleados de CaixaBank.
📌 Cubre un Reconocimientos médicos anual y asistencia sanitaria amplia (PRIVADA) sin ningún tipo de vincualción al trabajo.
TRÁMITES CONTRACTUALES
Datos gestiones contractuales póliza colectivo empleados:
Dpto. Grandes Clientes – Canal Directo
Mail: gclientes@operaciones-sca.es
Fax: 91 743 95 60
Dirección Postal: Arturo Soria, 336 – 6ª planta, 28033 Madrid
CONTACTO ASISTENCIA
OTROS BENEFICIOS ASISTENCIA MÉDICA
NO LABORALES
CONTACTO
Entidad de previsión social de los empleados socios de la Asociación de Personal de la Caixa
Web: www.mutuaasocciacio.org
| Telf. 93 418 81 79
| Mail: mutua@mutuaassociacio.com
SI NECESITAS AMPLIAR INFORMACIÓN DE ESTOS TEMAS
CONTACTA CON TU DELEGADO DE SECB