Como siempre arrancamos el año informándoos de las principales novedades económicas, fiscales y laborales que nos depara este 2021.
¡Feliz año nuevo a todos!
NOVEDADES EN NÓMINA
Plus de convenio
Para el año 2021 y 2022, se abonará exclusivamente la parte fija del plus de convenio aunque esta parte fija se ha incrementado a 517,15 € (antes 309 €).
Plus de Convenio | Año 2021 y 2022 |
Nivel del I al XIV | 517,15 € |
El plus de convenio se abona durante el primer trimestre del año aunque en CaixaBank este abono se suele realizar en la próxima nómina del mes de enero.
Revisión salarial
Este año no van a revisarse los salarios (a excepción del CP2012) y deberemos esperar al 2022 para aplicar una revisión salarial.
Año | Revisión salarial |
2021 | 0% |
2022 | 0,75% |
2023 | 1% |
Actualización CP2012
Aquellos empleados que perciban en su nómina el complemento salarial CP2012 (empleados que formaban parte de la plantilla de CaixaBank en abril de 2012), verán actualizado dicho complemento en los siguientes porcentajes:
Nivel | Porcentaje |
Nivel I al VII | 3,5% |
Nivel VIII en adelante | 6% |
Bases de cotización máxima
No se actualizan las bases máximas de cotización en los PGE del año 2021 por lo que no se producirá incremento en la cotización a cargo del trabajador.
Ayuda de formación de hijos
Se mantiene la ayuda de formación de hijos hasta los 25 años pero entre los 21 a 25 años la ayuda estará condicionada a que se acredite que se cursan estudios.
Se hará extensiva la ayuda para el personal declarado en incapacidad absoluta, gran invalidez, jubilado y huérfanos de personal fallecido.
NOVEDADES EN PERMISOS Y VACACIONES
Vacaciones
Se podrá fraccionar hasta en 4 periodos el disfrute de las vacaciones.
Si por motivos de conciliación no se han podido disfrutar la totalidad de las vacaciones del año en curso, estas podrán disfrutarse hasta el 31 de enero del año siguiente.
Se dará prioridad a la elección de las fechas, de al menos 2 semanas de las que tenga el menor a su cargo en caso de divorcio o separación.
Se dará prioridad a la elección de las fechas de al menos 10 días hábiles en las que los Centros Escolares especializados estén cerrados para quienes tengan hijos a cargo con discapacidad que acudan a estos centros.
Días de libre disposición
Año | Días libre disposición |
2021 | 2 días (+ 4 días para HLS) |
Quienes no hayan disfrutado del día adicional de libre disposición que se generó en el año 2020 tienen de plazo hasta el 31 de marzo para su disfrute.
Permiso de paternidad
Se equipara el permiso de paternidad al de maternidad y ambos progenitores podrán disfrutar de 16 semanas a partir del 1 de enero de 2021.
Las 6 primeras semanas deberán disfrutarse obligatoriamente a continuación del nacimiento.
Permiso por fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes hasta segundo grado
Se podrá disfrutar de forma alterna mientras dure el supuesto a que da lugar el disfrute del permiso.
La ampliación de dos días, en caso de desplazamiento, se computará en días hábiles.
NOVEDADES FISCALES
Aportaciones a planes de pensiones
Reducción a 2.000 € de las aportaciones a planes de pensiones individuales y otros sistemas de previsión social (antes 8.000 €).
Incremento hasta 10.000 € del límite conjunto de aportaciones y contribuciones empresariales a planes de pensiones y otros sistemas de previsión social (antes 8.000 €).
Se reduce el límite fiscal máximo de aportación a planes de pensiones y otros sistemas de previsión social a favor del cónyuge a 1.000 € (antes 2.500 €).
Diferencias entre aportaciones a planes de pensiones individuales y seguro de ahorro jubilación:
Plan de pensiones | Seguro de ahorro jubilación | |
Tributación del rescate | Rendimientos del trabajo, siempre | Rendimientos del trabajo (en caso de fallecimiento por ISD) |
Límite de aportación | 2.000 € | 10.000 € |
Beneficio fiscal | Diferimiento de la tributación al momento de rescate | |
Obtención del beneficio | Cuando se ingresa o se devuelve el IRPF | En el momento del cobro de la nómina |
Incremento en los tramos del IRPF
Se añade un tramo para bases liquidables superiores a 300.000 euros con un tipo de gravamen incrementado en dos puntos (47% para aquellas CCAA que no modifiquen el tramo autonómico del IRPF).
Asimismo, se añade un tramo en la escala del ahorro para bases liquidables superiores a 200.000 euros con un tipo de gravamen del 26%.
NOVEDADES EN PENSIONES
Se incrementan las pensiones contributivas un 0,9% y las pensiones mínimas y no contributivas un 1.8%.
Para quienes quieran acceder a la pensión de jubilación este año 2021, la edad legal de jubilación será:
Periodo cotizado | Edad legal de jubilación |
37 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 37 años y 3 meses | 66 años |
Y para el cálculo de la base reguladora se tomará en consideración los 288 últimos meses (24 años) inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante.
Nº de meses computables / divisor | Años computables |
288 / 336 | 24 |
Afíliate aquí con nosotros.
Hola Ángel. Ponte en contacto con la oficina del Partícipe. Tienes todos los datos de contacto en su página web:
https://www.fpecaixa.info/aspnet/pagines?pagina=oficina_particip
Un saludo.
Buenas tardes:
Desearía que me informarais de lo siguiente.
Soy partícipe de un Plan de Pensiones de Empleo de CaixaBank, Subplan A.
Me jubilé hace años y estoy cobrando la pensión de la Seguridad Social.
Al verme ahora necesitado de disponer de una cantidad de entre 40-50.000€, cómo puedo saber las participaciones anteriores a 31/12/2006 que tienen reducción fiscal del 40%. Qué me beneficiaría mejor fiscalmente.
Atentamente, un cordial saludo
Muchas gracias por la aclaración.
Buenas tardes Jaime,
La reducción del limite de aportación a 2.000 € se refiere a las aportaciones realizadas por el propio contribuyente a planes de pensiones individuales(u otros sistemas de previsión social) no a las aportaciones que realiza CaixaBank al plan de pensiones de empleo.
Por otra parte, recordarte que cuando se superan los límites fiscales los compromisos asumido por la empresa se mantienen solo que ese exceso se aporta a una póliza de excesos.
Saludos,
Muy buena información. Me surge la duda de si con la modificación fiscal relativa a planes de pensiones, ¿se va a reducir la aportación que mensualmente se realiza según el Convenio?
Gracias
Buenas tardes,
Como ya tienes 40 años cotizados, con la legislación actual, tu edad legal de jubilación serían los 65 años.
En cuanto al nº de meses que te computarán para el cálculo de la base reguladora serán, los 300 meses (25 años) inmediatamente anteriores al mes previo al de la jubilación.
Y los que marchemos este año con el ERE, 40 anys cotitzats y 58 anys?
Gracias por la información, tan útil.
Gran hoja, muy precisa .
Muy buen resumen.
Como siempre, información muy práctica y en un formato excelente.
Me parece interesante lo que se indica del seguro de ahorro jubilación ya que puede ser una buena alternativa a futuro dada la práctica eliminación de los planes de pensiones individuales. Eliminación a la que no encuentro sentido dada la evolución de la Seguridad Social.
Efectivamente Francisco, gracias por tu apunte.
Saludos,
La edad legal de jubilación en 2021 para los que hayan cotizado menos de 37 años y 3 meses son 66 años, no 67. En 2027 quienes hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses si será 67 años.
Muy util
Como siempre, en el SECB la información es completa, veraz, profesional y útil. Muy buena hoja Ángel, me enorgullece contar con compañeros comprometidos.
La buena comunicación:
al grano, acertada por útil, muy bien sintetizada, tratada con rigor y con el valor añadido que supone las aclaraciones que incluyen los cuadros descriptivos.
Cercanía y profesionalidad.
Enhorabuena Angel. Enhorabuena SECB