Ante la sistemática adulteración de la información, que UGT está difundiendo en los últimos días, en referencia a temas que se tratan en el Comité Único de Seguridad y Salud Laboral (CUSSL), SECB no podemos permanecer inmóviles.
La única realidad
- Se ha producido una manipulación sensacionalista por parte de UGT, alarmando a la plantilla con supuestos despidos por el uso de la ausencia de 2 días por Enfermedad Transitoria durante estos últimos años, con el único objetivo de ir de salvadores y justificar una auditoría. Esto, ni se ajusta a la realidad ni es responsable.
- Si no hubieran mareado con este tema en octubre de 2017 no nos encontraríamos en la situación que estamos, ante la pérdida de un derecho.
- La actuación de SECB ha sido en todo momento con CRITERIO y VERACIDAD, ya que hemos informado AL INSTANTE –gracias a los mecanismos de comunicación de los que disponemos– del posicionamiento de la Dirección de CaixaBank –por fin– respecto a las ausencias de 2 días por Enfermedad Transitoria.
La Dirección manifiesta que se exigirá justificación escrita, sea certificado médico o parte de baja/alta. SECB informa a su Área de Comunicación para que por fin aclare las múltiples consultas pendientes.
Terminada la reunión y casi saliendo por la puerta, la Dirección de CaixaBank nos comunica que ha recibido un correo y que cambia el criterio, se exigirá parte de baja desde el primer día. SECB informa a su Área de Comunicación que la empresa “donde dijo digo, dice Diego” y rectificamos la información dada por la Dirección de CaixaBank.
Lamentable y muy grave es que la noticia titular a comunicar a la plantilla por parte de UGT de todo lo sucedido sea “SECB se arrodilla y da la razón a UGT” o “SECB, rectifica una comunicación que atiende al desarrollo de una reunión”.
La única realidad es que la plantilla hemos perdido
un derecho adquirido y disfrutado durante años.
SECB defiende nuestros derechos
Pero nosotros no tiramos la toalla. Ante esta decisión unilateral por parte de la empresa, y diga lo que diga la ley, vamos a seguir luchando para que se recupere el derecho que hemos disfrutado durante los últimos años, pese a los cambios normativos sobre la enfermedad transitoria de 2 días sin parte de baja médica.
Si bien es verdad que la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, en el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración, y uno de ellos son los procesos de duración estimada muy corta, inferior a cinco días naturales, también es verdad que:
Acta CUSSL del 18.10.17
La RLT pregunta a la Entidad si ha cambiado el procedimiento de comunicación de las bajas por enfermedad de corta duración.
SECB, Solicita que la Dirección responda por escrito a este tema.
A pesar del cambio de la ley en 2016, SECB vamos a seguir luchando y trabajando para los empleados y con criterio.
CaixaBank, en otra de sus decisones brillantes de anteponer la gestión de la cuenta de resultados a la gestión de personas, se ha cargado unilateralmente un derecho adquirido y disfrutado durante años que, para colmo, aumentará el absentismo laboral.
Seguiremos informado de manera puntual y fiable a la plantilla, sin importarnos los ataques electoralistas y las medallas, porque somos un sindicato por y para los empleados.