SECB VUELVE A DEMANDAR A CAIXABANK POR LA REDUCCIÓN POR I.T. DEL BONUS 2025

SECB VUELVE A DEMANDAR A CAIXABANK POR LA REDUCCIÓN POR I.T. DEL BONUS 2025

Continuando con el liderazgo en la lucha de los derechos de la plantilla, SECB hemos demandado nuevamente a CaixaBank, en esta ocasión, por la reducción establecida en las bases de los bonus 2025 para aquellos empleados que se encuentren en incapacidad temporal en periodos superiores a 30 días – para retos cuatrimestrales como los de Banca Retail – o 90 días – para aquellos que tengan retos anuales-.

Tras incrementar de forma exponencial los retos este 2025, y ejercer una fiscalización inhumana por parte de los territorios, CaixaBank descontará a aquellos empleados que caigan enfermos por no poder seguir este infernal ritmo de presión comercial la parte del bonus por el tiempo que estén de baja si esta supera los 30 días en el cuatrimestre o 90 días si sus retos son anuales.

Esto supone que, por ejemplo, aquellos empleados que sufran una incapacidad temporal superior a 30 días – en Banca Retail – verán reducido su bonus por el tiempo de baja independientemente que hubieran alcanzado ya el 100% de sus retos.

 SECB consideramos que esta decisión unilateral de la empresa vulnera la Ley 15/2022, para la igualdad de trato y no discriminación, al comportar una discriminación directa por razón de enfermedad y salud.

Por otro lado, CaixaBank estableció los retos de manera colectiva a las oficinas, es decir, teniendo en consideración a toda la plantilla y computando a estos empleados de baja a efectos de calcular el importe de los retos al inicio del año.

El Tribunal Supremo ha establecido que «… tienen derecho a cobrar quienes aun con sus contratos suspendidos por imperativo del art. 45.1.c) ET así mismo fueron tomados en consideración para la determinación del grado o nivel de productividad que luego ha dado lugar a la suma a repartir»

Por tanto, y si la oficina cumple, no se le puede negar la percepción de este bonus a las empleados que se hayan encontrado de baja como así ha considerado el Tribunal Supremo.

La STS 10 noviembre de 2010 razona que estamos ante «un complemento salarial por resultados, cuyo devengo es propiamente colectivo, alcanzándose mediante los esfuerzos mancomunados de todos los trabajadores … de manera que, si se alcanzan los objetivos, deberán repartirse mancomunadamente entre los trabajadores, .. sin que sea exigible ningún tipo de distinción en función del tiempo trabajado o de resultados concretos» 

En su particular concepto de magnanimidad, a Caixabank no le parece justo que empleados que han estado de IT un periodo de tiempo determinado  – en muchos casos bajas producidas por los incumplimientos en riesgos psicosociales por la propia empresa – cobren el importe íntegro del bonus pero si le parece coherente mantener el importe de los retos de las oficinas sin aplicar un coeficiente reductor por las bajas producidas lo que obliga al resto de empleados a doblar sus esfuerzos para conseguir el mismo reto.

La única finalidad de esta actuación, por tanto, es ahorrar costes mientras por otro lado los altos cargos de la entidad optarán este año a un bonus de 1,75 MM€ – un 46,80% más que en 2024 – algo que no vamos a consentir.

Por estas razones, SECB hemos interpuesto conflicto colectivo contra CaixaBank citándonos al acto de conciliación en el SIMA el próximo 14 de abril. Animamos al resto de la representación sindical a que se adhieran a nuestra iniciativa como ya hicieron en la demanda que presentamos para el bonus de 2024.

 

EN EL SECB ESTAMOS PARA AYUDARTE,
SUMAMOSCONTIGO

¡AFÍLIATE AQUÍ! 

Angel