VACACIONES
25 días hábiles (27 en islas Canarias); 1 día adicional si no se realiza reducción de jornada durante la semana de fiestas locales. Si por motivos de conciliación no se han podido disfrutar la totalidad de las vacaciones del año en curso, podrán disfrutarse hasta el 31 de enero del año siguiente.
Si no se han podido disfrutar de las vacaciones en el año en curso por coincidir con períodos de incapacidad temporal, se podrán aplazar a otro año, siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses a partir del final del año en que se hayan originado.
Se podrán disfrutar a continuación de la suspensión del contrato de trabajo por nacimiento , adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, o lactancia ( acumulada) incluso si se produce cambio de año, a elección del empleado/a, las vacaciones pendientes de disfrutar.
En caso de que por sentencia o convenio regulador de divorcio o separación, la plantilla tenga asignadas las fechas de vacaciones para el cuidado de hijos o hijas menores de 12 años, se dará prioridad a la elección de las fechas, de al menos 2 semanas de las que tenga el menor a su cargo.
En el supuesto de hijo/a a cargo con discapacidad que acuda a Centros Escolares especializados, se dará prioridad a la elección de las fechas de al menos 10 días hábiles en que dichos centros estén cerrados.
DÍA DE LIBRE DISPOSICIÓN
2021: 2 días de Libre Disposición , excepto
Oficinas Store / In Touch que tienen 4 días adicionales.
Pasemos a contestar algunas preguntas relativas a las vacaciones:
¿Puede la empresa decirte cuando te tienes que coger las vacaciones?
No, las vacaciones se deben pactar entre ambas partes y no imponer por obligación, además el trabajador conocerá las fechas que les corresponden, dos meses antes, al menos del comienzo del disfrute.
¿Cuál es el periodo hábil de disfrute de vacaciones al que tengo derecho?
Es el comprendido entre el 1 de enero del año en curso y el 31 de Enero del siguiente año y a continuación del permiso por nacimiento incluso si se produce cambio de año.
Lo normal, legal y más operativo para el funcionamiento de la Entidad que los trabajadores voluntariamente elijan sus vacaciones de acuerdo con sus responsables de oficina, como ya habían hecho.
¿En cuantos periodos pueden disfrutar las vacaciones los empleados de Caixabank?
A partir de la firma del nuevo Convenio se puede convenir la división de las vacaciones hasta en cuatro periodos.
¿Cuantos días me corresponden de vacaciones?
Son 25 días hábiles más 1 día en el caso de aquellos empleados en cuyo centro de trabajo no se efectúe la reducción de jornada durante la semana de fiestas locales.
Además hay un día de libre disposición, siendo en las oficinas Store y centros inTouch 5 días de libre disposición en total. En algunos departamentos con horario especial también disfrutan de los 5 días.
¿ Cómo calculo los días si me incorporo a CaixaBank durante el año en curso
En base a los 25 días laborables que corresponden por todo el año trabajado, para un empleado ingresado en el presente año, debe calcularse la parte proporcional que corresponde por los días que se trabajan hasta final de año.
Por lo que respecta a los días de libre disposición, no serán susceptibles de cálculo de la parte proporcional, aplicándose en su totalidad.
Si, consecuencia del cálculo de la parte proporcional de los días de vacaciones, el resultado da una fracción de día, procederá el redondeo al alza.
Ejemplo:
Empleado contratado el 20 de marzo de 2020 y que previsiblemente trabajará hasta final de año.
25 x (287/365) = 19,65 = 20 días + 2 días de libre disposición
¿Cuál es la preferencia para la elección de las vacaciones?
Independientemente del cargo que ocupes, el nivel profesional determinará la elección, y a igualdad del mismo la fecha de antigüedad en la Entidad.
¿Tengo alguna preferencia si tengo responsabilidades familiares?
La preferencia a favor de los empleados con responsabilidades familiares, no implica la elección de un turno determinado sino, únicamente, que sus vacaciones se disfruten dentro de los límites del periodo de vacaciones escolares y dentro de esta situación, se resolverá la preferencia, dentro del nivel profesional, a favor de quienes tengan mayor antigüedad en la Entidad.
¿Qué ocurre con mis vacaciones si estoy divorciado o separado?
Prioridad de elección de al menos 2 semanas en las que se tenga al menor de 12 años a su cargo, en caso de sentencia o convenio regulador de divorcio o separación.
¿Tengo alguna preferencia si mi hij@ tiene discapacidad?
En el supuesto de hijo/a a cargo con discapacidad que acuda a Centros Escolares especializados se dará prioridad a la elección de las fechas de al menos 10 días hábiles en las que dichos centros estén cerrados.
¿Qué ocurre con las nuevas medidas de conciliación y las vacaciones?
La concesión de las nuevas medidas de conciliación, el permiso retribuido recuperable, la mejora de excedencia para cuidado de menor y el permiso no retribuido 2020, están condicionados al disfrute previo de las vacaciones 2020.
Queremos dejar claro que esta condición ha sido implementada de forma unilateral por la empresa.
Dicha condición está siendo revisada por nuestro equipo jurídico puesto que entendemos que puede contravenir los RD 8/ y 10 /2020, así como nuestra normativa legal vigente.
Dadas las circunstancias excepcionales que concurren, y que parece haber olvidado ya la Entidad, necesitas ayuda, ponte en contacto con tu delegado del SECB. Trabajaremos para conseguir un acuerdo que permita la conciliación que se merece cualquier compañero.
Muy bien explicado, con respuesta a las preguntas más frecuentes. Excelente trabajo