Modificaciones en la norma de gastos

Modificaciones en la norma de gastos

SECB venimos quejándonos desde hace bastante tiempo de la ambigüedad de la norma de Gastos de Empleados, y recientemente publicamos nuestra entrada «¿Racaneando en los gastos de empleados donde hacíamos alusión a esa ambigüedad al mismo tiempo que aclarábamos algunos conceptos y definiciones. En esa publicación fuimos bastante contundentes a las polémicas generadas con este tema.

Pero como hay gente que piensa que por recortar gastos ganará reconocimiento…

¿Qué ha cambiado?

Tras revisar nuestras reclamaciones, la Norma se ha modificado en los siguientes términos:
Manutención
Teniendo en cuenta que en la norma se mantiene el Principio de Prudencia (el empleado debe velar para que las liquidaciones de gastos y/o tickets que presente se ciñan a las necesidades del servicio realizado y los importes sean los menores posibles dentro de las alternativas posibles):

  • se deja bien claro que los 11€ siguen siendo totalmente orientativos
  • se ratifican las opciones de pasar media dieta cuando se considere, siempre que realicen por situaciones de Gestión de Servicio y Comisión de Servicio
  • en caso de pernoctación fuera del domicilio podremos pasar dieta completa (justificando los gastos) independientemente de que dicha pernoctación esté sufragada por la empresa y siempre que la comida y la cena se produzca durante el desarrollo de las funciones profesionales en una localidad distinta a la de su centro de trabajo
Transportes
  • Se elimina la priorización del coche de alquiler en caso de largos recorridos (más de 150 km), dejándolo en una recomendación. Por tanto, podremos utilizar nuestros vehículos
  • Uso de vehículo propio en desplazamientos en la misma población: Se incorpora la posibilidad de la liquidación del gasto del kilometraje realizado con vehículo propio en la misma población cuando el destino inicial o final sea un aeropuerto, estación o polígono industrial.

 

Si, pero…

SECB seguimos insistiendo en que desde los departamentos correspondientes dejen bien claro a todo aquel que tenga la potestad de autorizar o denegar gastos que:

Los 11 € no son limitativos, ni siquiera orientativos. Es un importe desfasado y ridículo que se abona a los compañeros que trabajan en HLS. Importe que. obviamente, insistimos una vez más, debe aumentar YA.

El acuerdo y la norma que rigen a los empleados equipo soporte son CRISTALINOS. No generan ninguna duda y, como tal, no vamos a permitir que responsables de cualquier área racaneen en la aprobación de sus gastos.

Los empleados están ejerciendo su derecho a pasar los gastos que están definidos en Convenio Colectivo y en la Norma 26. Es un DERECHO. Y el 99,99% de los empleados cumplen el dichoso «Principio de Prudencia»

Esperemos que con estas modificaciones desaparezcan la mayoría de incidencias generadas.
Nosotros lo tenemos claro.
¿Lo tienen claro los que le deben dar al botoncito?

y, en caso de duda…

No tengáis ningún problema en consultar a cualquiera de nuestros delegados de SECB. Os aclararemos lo necesario y reclamaremos a quien sea para solucionar cualquier incidencia al respecto.

 

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VICENTE
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