SECB ha elaborado esta guía INFORMATIVA para que puedas consultar de manera ágil y sencilla las condiciones específicas de este colectivo.
En cada desplegable encontrarás información específica de contenidos.
Recuerda que, si tienes cualquier duda, encontrarás al Delegado SECB de tu zona en el siguiente enlace QR:
Si estás en una de estas situaciones te interesa contactar con Alares Social:
- Persona con certificado de discapacidad para poder detectar nuevas ayudas a las que pueden recurrir
- Personas que pueden tener algún tipo de discapacidad y que por desconocimiento u otra razón aún no han solicitado dicho certificado.
- Personas que necesitan tramitar el grado de dependencia así como las prestaciones disponibles.
- Personas con familiares de primer grado con discapacidad o situación de dependencia
Desde Alares social, recibirás atención profesional con la máxima confidencialidad para informarte, orientarte y ayudarte en caso de que necesites acceder a las prestaciones que se derivan del derecho de tener reconocido algún grado de discapacidad o sobre cómo tramitar el grado de dependencia, tanto para ti como para tus familiares de primer grado
diversidadcaixabank@alares.esTEL GRATUITO 900 901 410
Según la información que consta en el modelo 145 (Comunicación de datos fiscales) que debes notificar y facilitar a la Entidad, tienes que tener reconocido un grado de discapacidad suficiente para acceder a estos beneficios.
COMUNICACIÓN DE LA DISCAPACIDAD
Para que puedas disfrutar de ellos, es imprescindible que una vez lo tengas, facilites el certificado oficial que acredite dicha discapacidad a través del siguiente canal electrónico:
– Portal del Empleado (Datos Personales – Comunicación de discapacidad)
SEGURO MÉDICO ADESLAS en el COMPENSA +
¿ Cuál es el BENEFICIO para los empleados que tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% ?
El beneficio fiscal de este producto está reservado para cualquiera de estos colectivos (a excepción de los residentes en el País Vasco):
Empleados con grado de discapacidad igual o superior al 33%
Aquellos empleados/as que tengan reconocida legalmente un grado de discapacidad igual o superior al 33% y tengan o quieran mejorar las coberturas del Adeslas Completa contratando el Adeslas Extra (más conocido como modalidad de reembolso) podrán disfrutar de un incremento en la exención fiscal de las primas de seguros de salud pasando de 500 € a los 1.500 € anuales.
¿ Cuál es el BENEFICIO para los empleados con cónyuge y/o hijos menores de 25 años o con grado de discapacidad igual o superior al 33%?
Empleados con cónyuge y/o hijos menores de 25 años o con grado de discapacidad igual o superior al 33%
Aquellos empleados que tengan cónyuge y/o hijos menores de 25 años o con grado de discapacidad >=33% que tengan o quieran contratar un seguro de salud a estos familiares podrán disfrutar de la exención fiscal de dicha prima con el límite de 500 € anuales (1.500 € en caso de discapacidad igual o superior al 33%) por beneficiario tributando su exceso.
BENEFICIOS POR LA DIVERSIDAD FUNCIONAL
Beneficios en vivienda
Ayudas y subsidios a préstamos para la compra
de viviendas de protección oficial.
Reserva del 3% de las viviendas de protección oficial.
Beneficios Fiscales
Reducción de 2.000€ anuales o 5.000€ si el grado de discapacidad es mayor o igual al 65%. (Reducciones en la base liquidable de IRPF,
sobre rendimiento neto del trabajo o actividad económica).
IVA.
Se paga el 4% en la compra de vehículos ( en vez del 18%)
Exención del impuesto de matriculación y circulación de vehículos.
Reducciones en la base liquidable del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), dependiendo del grado de discapacidad.
Reducción de la base imponible en las aportaciones
realizadas a planes de pensiones.
Reducción por gastos de asistencia de terceras personas.
Beneficios en movilidad y servicios sociales y de salud
Prestaciones derivadas de la Ley de derechos de las personas con discapacidad
Compensaciones por gasto de transporte,
asistencia sanitaria y farmacéutica.
Reserva del 2% de puestos de empleo en empresas
de más de 50 trabajadores.
Registro especial en el SEPE como demandante de empleo.
Jubilación anticipada.
Acceso el empleo público con exclusión del pago
de tasas para las pruebas de admisión.
Para cualquier duda o aclaración consulta con tu representante sindical
EN EL SECB ESTAMOS PARA AYUDARTE,
SUMAMOSCONTIGO