ACTUALIZADO A 9 DE AGOSTO DE 2022
El pasado 27 de junio se celebró la 5ª Comisión de seguimiento sobre los acuerdos firmados en julio de 2021 (ERE y Acuerdo de Laboral de Integración de Bankia).
Un mes después, el 27 de julio, la Dirección nos contesta con una redefinición de los GC Adjuntos que SECB no está dispuesta a aceptar, por las numerosas lagunas encontradas en la propuesta.
Por tanto, desde SECB aceptamos firmar el acta aplazando la definición de la citada figura de GC Adjunto para la próxima Comisión de Seguimiento.
El acta se ha firmado tal y como la explicamos el día que lanzamos este comunicado (1 de julio), que puedes leer a continuación.
5ª Comisión de Seguimiento ERE-ALI
La Dirección nos ha dado respuesta a diversas peticiones de la Representación Laboral que quedaban pendientes de anteriores comisiones de seguimiento, además de informarnos sobre la situación actual de un ERE prácticamente liquidado que, no olvidemos,
se cerrará definitivamente sin despidos ni traslados
forzosos gracias al empeño de SECB
Sólo tenemos que preguntar a nuestros compañeros de BBVA y de Unicaja cómo acabó su ERE: sin voluntariedad plena y con traslados traumáticos. Como siempre, SECB, desde el primer día, trazó una línea roja (como ha hecho en todas las negociaciones anteriores) que, de nuevo, la Empresa no tuvo más remedio que aceptar. Una vez más, demostramos que las cosas se pueden de hacer de otra manera.
Datos actualizados del ERE
Los datos, a fecha de hoy, son:
- 8.067 solicitudes de adhesión.
- 6.097 desvinculados a fecha de hoy.
- 436 desvinculaciones realizadas el 1 de julio de 2022.
- 96 personas que se desvincularán en la última ventana.
(con toda probabilidad el 31-12-22).
Por otra parte, se nos ha comunicado que es probable que se «repesquen» a 9 empleados para comunicarles la aceptación de su petición de adhesión (posiblemente se produzca en el último trimestre del año) y que se han denegado 1.438 solicitudes por prelación y exceso de cupos.
RESOLUCIÓN DE PETICIONES PENDIENTES (ANTERIORES COMISIONES DE SEGUIMIENTO)
Aplicación de subida de PDP (dos niveles)
Aunque son pocos casos (y no venían recogidos en ALI), desde SECB ya trasladamos diversas peticiones de empleados procedentes de Bankia que subían dos niveles con la aplicación del PDP.
Finalmente la Dirección responde a estas peticiones aplicando la subida de los dos niveles (como no podía ser de otra manera), pero sin aceptar nuestra segunda petición (que hemos vuelto a reclamar en la comisión): que se considere base de la garantía salarial los niveles conseguidos y que, por tanto, los incrementos del Salario Base y Pagas Extras no vayan a progresividad. SECB insistió en que, al menos, uno de esos dos niveles formara parte de la garantía salarial.
Equiparación homogénea de niveles.
Por fin Dirección soluciona un problema que llevábamos reclamando desde la Comisión de Seguimiento del pasado mes de diciembre: de «manera excepcional», CaixaBank equipara los niveles, a través del Complemento Personal Salario Base Bankia, de todos los empleados que, habiendo ascendido de nivel el 1-9-21 por normativa Caixabank, también hubieran ascendido de nivel en caso de haber continuado con la normativa Bankia. Sin embargo, únicamente se aceptarán homogeneizar los casos que he hayan detectado entre el 1-9-21 y el 31-12-21.
Con esta solución, el importe que iría a Progresividad será menor y los afectados verán incrementados sus salarios brutos actuales.
De todas formas, y aunque desde SECB agradecemos el gesto de la empresa (ya que esto no estaba recogido en el ALI) hemos solicitado que, con la misma excepcionalidad, se intenten homogeneizar al 100 % de los afectados, es decir, a los empleados procedentes de Bankia que hubieran cambiado de nivel entre el 1-9-21 y el 31-8-22.
Centros de adscripción para empleados Ofibús.
Los empleados que trabajan en los Ofibús que prestan soporte a más de una oficina, tienen derecho a percibir el Plus de Equipo Soporte. Debido a que para esta segunda función no tenían asignado centro de adscripción, se les asigna a uno nuevo con un documento privado y voluntario entre ambas partes.
En ese documento se ratifica:
- que será el centro de referencia para la movilidad a efectos del Convenio Colectivo.
- será el centro asignado para establecer el Plus de Equipo Soporte.
- será el centro de referencia para el cálculo del Km y de la media dieta sin necesidad de justificación (si hay más de 20 km de distancia).
SECB ha solicitado que el nuevo centro de adscripción esté en una localidad, como mínimo, más cercana al lugar de residencia del empleado afectado.
Además, solucionan una demanda de SECB en cuanto a que había empleados que ya venían realizando esta función en Bankia y se les estaba aplicando adecuación progresiva del Plus de Equipo Soporte. Reclamamos que el importe que ya estaban cobrando en Bankia debía ser Garantía Salarial (no tenía que ir a progresividad) y han corregido este error con carácter retroactivo desde el 1 de septiembre de 2021.
Novación de préstamos hipotecarios a empleados procedentes de Bankia.
Con la novación de estos préstamos habían surgido dos problemas pendientes de solucionar: la novación de hipotecas con vencimiento superior a los 70 años de edad y la novación de los préstamos complementarios para la adquisición de vivienda se realiza al tramo 2 del Préstamo A
Para solucionar el primer problema (debido a que la normativa CaixaBank pone como límite los 70 años para el vencimiento de las hipotecas con tipos de empleado) y no tener que aumentar la cuota mensual por dicha modificación, la Dirección propuso la novación del tipo de interés con dos tramos:
-
- Hasta los 70 años el mismo diferencial que las condiciones de empleados:
- Hipoteca A: Euribor – 2,5% con un suelo del 0,10%
- Hipoteca B: Euribor + 0,25%
- A partir de los 70 años, Euribor + 0,75%
- Hasta los 70 años el mismo diferencial que las condiciones de empleados:
SECB solicitó mantener el tipo de interés para el segundo tramo en el 0,30 % (como lo tienen los empleados actualmente), pero nuestra petición ha sido denegada.
Para el segundo problema (prestamos complementarios), la Dirección pretendía modificar los tipos de interés con intervención notarial para no perjudicar el primer tramo. Ante nuestra propuesta de que corriera con todos los gastos, finalmente ha resuelto que únicamente se modificarán los tipos de interés sin necesidad de modificar garantías.
Por otra parte, aceptan también nuestra petición de que las hipotecas para la adquisición de locales comerciales no migren a condiciones de Hipoteca B, por lo que se mantendrán en las condiciones de origen y este tipo de hipotecas quedarán a disposición de los empleados que quieran hacer uso de ellas.
Permanencia de las carreras de GC I y II y aceleración de carrera de los GC I por trabajar en oficinas de Horario Laboral Singular.
Finalmente resuelven a nuestro favor ambas peticiones, realizadas tanto en TODAS las comisiones de seguimiento como en peticiones de SECB a RRLL:
- A los efectos de pasar de nivel XI a X y de VII a VI para los GC I, se respeta el tiempo en carreras GCI-GCII en supuestos de entradas y salidas de las carreras por decisión de la entidad sin que medien más de 2 años.
- Se tendrá en cuenta la aceleración de las carreras de GC I durante el tiempo transcurrido en oficinas de HLS.
Problemática oficinas V
Finalmente, y tras reclamar en TODAS las comisiones que estos puntos tenían que solucionarse, solventamos la mayor de las discrepancias de todos los puntos pendientes de los acuerdos de julio:
- Los empleados de las oficinas ventanillas computarán como empleados de su matriz (excepto si son oficinas S, S1 y S2)
- Aquellos empleados adscritos a una oficina matriz que estén trabajando de manera habitual en una oficina Ventanilla, y esta esté a más de 25 km de su matriz, cobrarán el Plus de Equipos de Soporte proporcionalmente a los días trabajados en esa ventanilla
- Y posiblemente el punto más importante: los directores de oficinas S1 y S2 cuya oficina ha pasado a V, continuarán en su carrera de GC. Únicamente lo perderán en caso de que no acepten vacantes de Dirección, GC II 2º Responsable o GC II (dentro de los 25 km correspondientes al ámbito geográfico establecidos en el Convenio Colectivo).
Complemento Residencia Ad Personam.
SECB reclamó en anteriores comisiones de seguimiento que este complemento sólo se debería de absorber por alguno de la misma naturaleza, y la empresa siempre nos había respondido que no lo aceptaban «porque ya lo eran en Bankia». Sin embargo, a raíz de esta reclamación se ha identificado un error en el «Complemento Residencia 2″de los empleados procedentes de Bancaja y Caja Insular, y se ha resuelto que:
- A las personas trabajadoras con origen en las citadas entidades pasarán a percibir el citado concepto con efectos de la entrada en vigor del ALI en el concepto PLUS RESID. AD PERSONAM y por la diferencia positiva entre el importe del complemento de residencia que percibían en el momento de entrada en vigor del acuerdo de homogeneización e integración de Bankia de 7 de julio de 2021 y el que corresponda según normativa interna de Caixabank.
- Este concepto se abonará en 12 mensualidades y será revisable en el mismo porcentaje que establezca el convenio de aplicación, pensionable y no absorbible.
- será reversible en caso de dejar de estar adscrito a un centro de trabajo ubicado en las zonas geográficas que da derecho a su percepción.
- computará para el cálculo de la capacidad crediticia.
- se procederá a regularizar la cuantía del referido complemento así como las cuantías de las aportaciones efectuadas al Plan de Pensiones, con anterioridad al 31 de octubre de 2022.
- se procederá a subsanar un error en la actualización del importe del Complemento Residencia de aquellas personas que se hayan visto afectadas por la aplicación del sistema PDP en fecha 1 de enero de 2022.
En todos los casos se aplicará la correspondiente regularización a las personas afectadas que hayan causado baja en la Entidad en aplicación de alguna de las medidas contempladas en el acuerdo laboral de 7 de julio 2021.
Hasta aquí las buenas noticias,
pero quedan las menos buenas…
GC Adjunto
La empresa nos presenta una «magnífica» alternativa ante las reiteradas quejas presentadas en todas las comisiones de seguimiento, sobre todo en la posibilidad de continuar con la carrera de GC en caso de que un empleado que ya lo estaba solicite las posibles plazas de GC Adjunto.
Y decimos «magnífica» porque todas las propuestas de la Dirección pasan por eliminar el Plus de GC Adjunto (1000 € en caso de cubrir a un GC I, 2000€ en caso de cubrir a un GC II). Todo a cambio de, o bien continuar con la carrera de GC del empleado que solicite la plaza, o «engancharse» a la carrera del empleado sustituido temporalmente.
SECB no va a aceptar ni ninguna de las maneras la pérdida de este Plus , que en todo momento se negoció para compensar de alguna manera la transitoriedad de la plaza, y exigimos que se mantenga al menos el del GC I (1000 € anuales).
Si la Dirección continúa compensando el Plus para los GC I estaríamos dispuestos a aceptar su propuesta. Os mantendremos informados.
En resumen
A falta de solucionar el tema de los GC Adjuntos, SECB reitera su posición inicial en las negociaciones del ERE (refrendado en las comisiones de seguimiento):
ESTAMOS PARA AYUDARTE,
SUMAMOSCONTIGO