NUEVO LÍMITE APORTACIONES PLAN DE EMPLEO PC30
El año 2021 viene con novedades fiscales para el ahorro de cara a la jubilación.
El Gobierno ha decidido impulsar el ahorro para la jubilación a través de planes de pensiones de empleo y, para ello, el proyecto de ley de los PGE (Presupuestos Generales del Estado) para 2021 lleva la propuesta en esa dirección: desplazar las ventajas fiscales de los planes de pensiones individuales a los planes de pensiones de empleo. Así, el límite de deducción por aportaciones a planes de pensiones individuales se rebaja de 8.000 a 2.000 euros anuales, mientras que el límite para los planes de empleo, en nuestro caso PC30, se eleva de 8.000 a 10.000 euros al año.
Así que el límite de contribuciones del promotor en planes de pensiones de empleo puede llegar a 10.000€ anuales. Esto supone que todo importe superior a 8.000€, realizado por el promotor, disminuirá el límite de 2.000€ de aportaciones del partícipe de cualquiera de sus planes o PPA. El exceso derivado de las aportaciones voluntarias del partícipe se deberá devolver antes del trenta de junio del año siguiente.
En el supuesto de que el límite financiero o fiscal de cada momento así lo permita y una vez realizada la aportación anual para las contingencias de riesgo, las provisiones matemáticas constituidas en la citada póliza se traspasarán como aportaciones al Plan de Pensiones. Puede darse el caso de algún empleado que, llegados a este momento, supere los 10.000€ con lo que ya no podrá aportar en ningún otro plan.
EJEMPLOS
Creemos recomendable agotar los límites fiscales en los planes de pensiones, tenemos a nuestra disposición el Plan de Pensiones Colectivo Asociado de empleados de CaixaBank, que al igual que el Plan de Empleo están supervisados por la RLT a través de las Comisiones de Control .
¿Podemos aportar al seguro de ahorro?

Sí, existe la posibilidad de asignar importes de primas distintos para cada empleado, con el máximo de 10.000 euros al año y un mínimo de 20 euros al mes. Recordemos que es un seguro de aportación definida para la contingencia de jubilación, incluyendo obligatoriamente una cobertura adicional mínima por contingencia de fallecimiento del 10% del saldo acumulado con un límite máximo de 600 euros.

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Molt ben explicat, molt aclaridor, gràcies!!!