PLAN DE PENSIONES DE EMPLEO CAIXABANK
Uno de los mejores beneficios sociales de que disponemos como empleados de Caixabank, es nuestro Plan de Pensiones de Empleo. Se compone de dos subplanes (Subplan A y Subplan B), integrados en 2 fondos distintos:
el PENSIONS CAIXA 30 (PC-30)
y el PENSIONS CAIXA 135.
El Subplan B, de prestación definida, integra al colectivo de beneficiarios pasivos provenientes de la integración de Barclays. El resto de empleados tanto en activo como desvinculados con aportaciones, pertenecen al Subplan A.
La adhesión del empleado al plan es automática y no supone ningún coste para éste al estar íntegramente financiado por CaixaBank. El PC-30 es de aportación definida. Para las personas que se incorporen a partir del 1 de enero del 2022 las aportaciones de jubilación serán del 6% sobre el salario pensionable desde el mes 25 hasta el mes 84. A partir del mes 85 las aportaciones serán de un 7,50 % del Salario Pensionable -SP-. Adicionalmente en el mes 25 también se realiza una aportación extraordinaria equivalente al 6% del salario pensionable anual.
Para el colectivo de personas origen Bankia se les aportará lo que establezca el Acuerdo Laboral de Integración de fecha 5 de julio de 2021.
Para el colectivo anterior al 07/07/2021 con efectos 1 de enero del 2022 se les incrementará en un 2% el porcentaje vigente en cada momento de aportación sobre el salario pensionable.
Podeís ver más información:
www.fpecaixa.info
És importante hacer la designación
de Beneficiarios a través de CaixabankNow.
Es verdad que ya no poseemos el capital único de fallecimiento por muerte natural o por accidente, ni el de invalidez, aún así es importante tener esa designación de beneficiarios realizada. En el caso de que sobren derechos consolidados si hay viudedad y/o orfandad, el beneficiario designado cobraría ese sobrante, o bien en el caso de que no haya ni viudedad ni orfandad, el beneficiario designado cobraría los derechos consolidados con un mínimo de dos anualidades.
Recordad también que por el acuerdo de prestamos firmado en febrero del 2020, en el caso de fallecimiento de la persona trabajadora titular de un préstamo de vivienda, si el cotitular del mismo fuese beneficiario del Plan de Pensiones, se mantendrán las condiciones favorables del préstamo.
¿Que CONTINGENCIAS cubre el Plan de Pensiones?
Jubilación
La cuantía de las prestaciones por jubilación del Partícipe o del Partícipe en suspenso será igual a los derechos consolidados que el Partícipe o Partícipe en suspenso tuviera reconocidos por el Plan de Pensiones en el momento del cobro de la prestación, dicha prestación se podrá percibir mediante diferentes formas de cobro.
Fallecimiento
Para las personas que se incorporen a CaixaBank a partir del 7 de julio del 2021, las prestaciones por las contingencias de fallecimiento e incapacidad son las que se indican a continuación:
La prestación de fallecimiento puede ir cambiando en base a la situación familiar de la persona trabajadora. Se garantizan dos anualidades SP para el caso de fallecimiento en el supuesto que no tengan derecho de viudedad u orfandad o estas fueran inferiores a dos anualidades.
Incapacidad
Para los Colectivos de Origen Bankia y Caixabank la prestación por la contingencia de fallecimiento y de invalidez puede variar.
Empleados procedentes de CaixaBank
Los empleados procedentes de CaixaBank, debido a la transformación de estas prestaciones de Pensiones Vitalicias a Capitales de Salario Pensionable, tienen importes diferentes a los comentados en el punto anterior, con diferentes importes para los capitales de Fallecimiento dependiendo de la situación familiar en la fecha teórica de esta contingencia. Para la contingencia de Incapacidad, los importes son iguales independientemente de dicha situación familiar.
Para la contingencia de Fallecimiento las anualidades de Salario Pensionable serán:
- En compensación por anualidades por viudedad no cobradas
Para la contingencia de Incapacidad las anualidades de Salario Pensionable serán:
Empleados procedentes de Bankia
En primer lugar tenéis que tener en cuenta que cada una de las entidades que acabaron integradas en Bankia tenían unas condiciones diferentes en cuanto a las prestaciones a percibir. Nosotros las desconocemos.
Por tanto, nuestra recomendación es que si queréis saber exactamente las prestaciones que os corresponden a cada uno, os pongáis en contacto con la Oficina del Partícipe (oficina.fp@caixabank.com). La entidad de procedencia no influye en los importes, sino las condiciones individuales de cada partícipe en origen.
El importe de estas prestaciones estará entre las comentadas para empleados que se incorporen a partir del 7 julio del 2021 (que son consideradas como «mínimas») y las comentadas para los empleados procedentes de CaixaBank (que son consideradas como «máximas»).
Insistimos:
Consultad a la Oficina del Partícipe qué prestaciones os corresponden