¡QUE DÉ COMIENZO EL 2026!
Como siempre arrancamos el año informando de las principales novedades económicas, fiscales y laborales que nos depara este 2026.

NOVEDADES EN NÓMINA
Este año 2026 finaliza el Convenio Colectivo de Cajas de Ahorros para el periodo 2024 – 2026 con un incremento del 3% del salario.
PLUS DE CONVENIO
En 2026 se percibe íntegramente el plus de convenio (parte fija + parte variable) con los importes actualizados en un 3% con respecto a 2025.
GRUPO PROFESIONAL 1
| NIVEL | PARTE FIJA | PARTE VARIABLE | TOTAL |
|---|---|---|---|
| NIVEL I | 581,84 | 511,77 | 1.093,61 |
| NIVEL II | 581,84 | 394,01 | 975,85 |
| NIVEL III | 581,84 | 323,44 | 905,28 |
| NIVEL IV | 581,84 | 293,14 | 874,98 |
| NIVEL V | 581,84 | 276,43 | 858,27 |
| NIVEL VI | 581,84 | 259,67 | 841,51 |
| NIVEL VII | 581,84 | 237,33 | 819,17 |
| NIVEL VIII | 581,84 | 221,57 | 803,41 |
| NIVEL IX | 581,84 | 197,78 | 779,62 |
| NIVEL X | 581,84 | 177,57 | 759,41 |
| NIVEL XI | 581,84 | 133,12 | 714,96 |
| NIVEL XII | 581,84 | 79,95 | 661,79 |
| NIVEL XIII | 581,84 | 23,33 | 605,17 |
GRUPO PROFESIONAL 2
| Nivel | PARTE FIJA | PARTE VARIABLE |
|---|---|---|
| Nivel I | 581,84 | 163,11 |
| Nivel II | 581,84 | 142,10 |
| Nivel III | 581,84 | 120,88 |
| Nivel IV | 581,84 | 77,01 |
| Nivel V | 581,84 | 63,74 |
El plus de convenio para 2026 se abonará en la nómina del mes de enero.
PLUS MEJORA CONVENIO
Este logro histórico alcanzado – estrenando SECB su liderazgo como sindicato mayoritario en las negociaciones del sector de ahorro – tiene las siguientes características:
- Es revisable por lo que deberá actualizarse conforme a los incrementos que se produzcan en convenio colectivo.
- No formará parte de la adecuación progresiva por lo que los empleados Bankia lo percibirán íntegramente
- No será compensable ni absorbible bajo ningún concepto
- Computa a efectos de capacidad crediticia
El abono de este plus. para 2026, se producirá en la nómina del mes de marzo con los siguientes importes.
| NIVEL | TOTAL |
|---|---|
| NIVEL I | 2.360,58 |
| NIVEL II | 1.987,43 |
| NIVEL III | 1.763,81 |
| NIVEL IV | 1.667,83 |
| NIVEL V | 1.614,79 |
| NIVEL VI | 1.561,76 |
| NIVEL VII | 1.491,02 |
| NIVEL VIII | 1.441,01 |
| NIVEL IX | 1.365,65 |
| NIVEL X | 1.301,58 |
| NIVEL XI | 1.160,78 |
| NIVEL XII | 1.113,95 |
| NIVEL XIII | 1.113,95 |
TABLAS SALARIALES
TABLA SALARIAL 2026
GRUPO PROFESIONAL 1
| Nivel | Total Salario Base | Prorrateo Pagas Extra |
|---|---|---|
| Nivel I | 3.919,48 | 2.123,05 |
| Nivel II | 3.040,65 | 1.647,02 |
| Nivel III | 2.653,21 | 1.437,16 |
| Nivel IV | 2.448,01 | 1.326,01 |
| Nivel V | 2.428,56 | 1.315,47 |
| Nivel VI | 2.360,93 | 1.278,84 |
| Nivel VII | 2.346,48 | 1.271,01 |
| Nivel VIII | 2.151,24 | 1.165,26 |
| Nivel IX | 1.902,52 | 1.030,53 |
| Nivel X | 1.808,82 | 979,78 |
| Nivel XI | 1.602,90 | 868,24 |
| Nivel XII (mes 25 a 36) | 1.356,46 | 734,75 |
| Nivel XII (mes 0 a 24) | 1.262,07 | 683,62 |
| Nivel XIII | 1.033,86 | 560,01 |
GRUPO PROFESIONAL 2
| Nivel | Total Salario Base | Prorrateo Pagas Extra |
|---|---|---|
| Nivel I | 1.836,82 | 994,94 |
| Nivel II | 1.739,40 | 942,18 |
| Nivel III | 1.641,02 | 888,89 |
| Nivel IV | 1.437,77 | 778,79 |
| Nivel V | 1.376,26 | 745,47 |
ACTUALIZACIÓN CP2012
Aquellos empleados que perciban en su nómina el complemento salarial CP2012 (empleados que formaban parte de la plantilla de CaixaBank en abril de 2012), verán actualizado dicho complemento en los siguientes porcentajes:
| Nivel | Porcentaje |
|---|---|
| Nivel I al VII | 3,5% |
| Nivel VIII en adelante | 6% |
ADECUACIÓN PROGRESIVA BANKIA
Para aquellos empleados de procedencia Bankia que tengan importes sujetos al programa de adecuación progresiva del ALI, esta año finaliza el programa por lo que percibirán el 100% del salario liberando, a partir del mes de abril, el 50% restante.
De este modo, a partir de la nómina del mes de abril se eliminarán los conceptos «Deduc. progr. integr.» y «Compl. progr. integr.» de la nómina.
| 01/04/2022 a 31/03/2023 | 5% |
| 01/04/2023 a 31/03/2024 | 15% |
| 01/04/2024 a 31/03/2025 | 25% |
| 01/04/2025 a 31/03/2026 | 50% |
| 01/04/2026 en adelante | 100% |
APORTACIÓN A PLAN DE PENSIONES
Empleados procedencia Bankia
- Incremento de las aportaciones al plan de pensiones con el último periodo de homologación (quienes tuvieran aportaciones superiores se les mantendrán a título personal):
| Del 01/04/2022 a 31/03/2023 | 4,20% |
| Del 01/04/2023 a 31/03/2024 | 4,50% |
| Del 01/04/2024 a 31/03/2025 | 4,90% |
| Del 01/04/2025 a 31/03/2026 | 5,75% |
| A partir de 01/04/2026 | 7,50% |
REMUNERACIÓN CUENTAS DE EMPLEADO
- Este año 2026 vuelven a remunerarse las cuentas de empleados con tipos de interés atractivos aunque inferiores con respecto al año pasado por la caída de los tipos de interés:
| CUENTAS DE EMPLEADO | Tipo de interés | Comisiones | |
|---|---|---|---|
| Cuenta de haberes | 1º tramo (hasta 115.935,38€) * | 2,43% | No |
| Cuenta de haberes | 2º tramo (resto) | 2,18% | No |
| Descubiertos en cuenta de haberes (hasta 1.200€) | 2,43% | No | |
| Segunda cuenta de empleado | 2,18% | No | |
| Tercera cuenta de empleado | 0,00% | No | |
Si no tenéis marcadas la segunda/tercera cuenta de empleado, debéis de mandar un mail a oficina.empleado@caixabank.com con los siguientes datos:
- Nombre y apellidos
- DNI
- Número de cuenta cliente (CCC)
- Y el texto «Solicito que se marque esta cuenta como 2º / 3º depósito empleados activos«
En caso de alguna duda ponte en contacto con tu delegado del SECB.
BASES DE COTIZACIÓN MÁXIMA 2026
El IPC cerró el periodo diciembre-24 a noviembre-25 en el 2,7% y tras la aprobación del Real Decreto-Ley 2/2023, la base máxima de cotización se incrementará cada año – desde 2024 hasta 2050 – en el IPC + 1,2%, por tanto, se incrementa un 3,9% la base máxima de cotización para el 2026.
| Base máxima cotización 2025 | 4.909,50 € |
| Base máxima cotización 2026 | 5.101,20 € |
Esto se traduce en un coste adicional para los empleados que tengan topada al máximo la base de cotización en 12 € más al mes por cotización a la Seguridad Social (sin tener en cuenta el MEI ni la cuota de solidaridad).
CUOTA DE SOLIDARIDAD 2026
Se trata de una cotización adicional para financiar las pensiones que no tendrá traducción en una mejora de las prestaciones futuras de los trabajadores pues no se tendrá en consideración a la hora de calcular la base reguladora, es decir, pagaremos más sin contraprestación alguna.
Se aplica exclusivamente a la parte del salario que exceda la base máxima de cotización (5.101,20 € para 2026), por tanto, aquellos empleados que no lleguen a dicha base máxima de cotización no tendrán que desembolsar nada. No obstante, debe tenerse en cuenta que en la base de cotización computan los rendimientos dinerarios y las retribuciones en especie.
Esta cotización adicional se aplicará de forma progresiva desde el 2025 hasta el 2045 por lo que cada año se irá incrementando. Para este año 2026 corresponden los siguientes tramos y tipos:
- Tipo del 0,96% para la suma comprendida entre las base máxima y el 10% superior (llegará al 5,5% en 2045).
- Tipo del 1,04% entre el 10% y el 50% de la cotización adicional (llegará al 6% en 2045).
- Tipo del 1,22% a partir del 50% de cotización adicional (llegará al 7% en 2045).
De la cantidad resultante, la empresa se hará cargo del 83,39% y el trabajador del 16,61%.
Si bien es cierto que dicha cantidad no será elevada por el momento, se irá incrementando cada año. Esperemos, igualmente, que una vez creada esta figura no se abuse de ella incrementando los tipos ya fijados en años venideros.
MECANISMO DE EQUIDAD INTERGENERACIONAL
Se actualiza el mecanismo de equidad intergeneracional que supone la aplicación de un 0,9% adicional para 2026 (0,75% a cargo de la empresa y un 0,15% a cargo del trabajador) a la base de cotización por contingencias comunes.
El MEI no figura desagregado en la nómina de CaixaBank y se añade al tipo de contingencias comunes a cargo del trabajador (4,70%), por lo que para este año 2026 será 4,85% (4,70% + 0,15%).
TIPOS DE INTERÉS PRÉSTAMOS
TIPOS DE INTERÉS PRÉSTAMOS EMPLEADOS 2026 | |||
|---|---|---|---|
| Primeros 24 meses | Resto meses | ||
| Atenciones diversas (*) formalizados desde 1 de diciembre de 2023 | 2,18 % (*) ver tabla adjunta | ||
| Primeros 24 meses | Resto de meses | ||
| Vivienda A | Primer tramo | 0,57% | 0,10% |
| Vivienda A | Segundo tramo | 3,30% | 2,83% |
| Vivienda A | Adicional | Variable según mes de constitución | |
| Vivienda B | Primer tramo | 2,90% | 2,43% |
| Vivienda B | Segundo tramo | 4,15% | 3,68% |
| Vivienda B | Adicional (LCI) | Variable según mes de constitución | |
| Mejora vivienda A | 0,57% | 0,10% | |
(*) Tras la reclamación de SECB, por errores en las minutas de los préstamos de atenciones diversas y dada la prevalencia jurídica de estas, los tipos máximos a aplicar en los préstamos formalizados con anterioridad al 1 de diciembre de 2023, y por tanto para 2024, quedarán como sigue en función de la fecha de formalización del préstamo:
| TIPOS MÁXIMOS A APLICAR PARA ATENCIONES DIVERSAS CONSTITUIDOS ANTES DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2023 (minutas firmadas en CaixaBank) | |
|---|---|
| Desde enero a diciembre de 2016 | 0,12% |
| Desde enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2022 | 0% |
| Formalizados desde 1 de enero de 2023 hasta 30 de noviembre de 2023 | 2,62% |
NOVEDADES FISCALES
Conforme a lo establecido en el artículo 134.4 de la Constitución Española, “Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos”
Por tanto, y dado que aún no se ha aprobado la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2026 se mantienen vigentes los anteriores. En cuanto salgan publicados actualizaremos esta hoja.
TIPOS DE REFERENCIA APLICADOS EN LA RETRIBUCIÓN EN ESPECIE EN 2026
El breve Acuerdo de Valoración alcanzado entre la AEAT y la patronal del sector vencerá en julio de 2026, no obstante, se deberían de mantener estas referencias para el cálculo de la retribución en especie hasta su renovación.
Préstamo de adquisición y construcción vivienda:
| Primer año: 1,30% |
| Resto: EUR + 0,30% | |
Resto de préstamos, cuentas de créditos y anticipos
| EUR + 1,90% |
OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN A LA AEAT DE LOS BIZUM POR PARTE DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS
Las entidades financieras informarán mensualmente a la Agencia Tributaria de la facturación acumulada en cada mes y realizada a través de Bizum por empresarios y profesionales.
LOS PERCEPTORES DEL PARO NO DEBERÁN PRESENTAR DECLARACIÓN DEL IRPF
Los perceptores de la prestación por desempleo no estarán obligados a presentar la declaración del IRPF.
El pasado mes de marzo, el Ejecutivo ya decidió no obligar a los perceptores de la prestación por desempleo a presentar la declaración del IRPF correspondiente al año 2024, que se tenía que presentar este año, aplazando así esta exigencia para 2026.
No sucede lo mismo con los perceptores del Ingreso Mínimo Vital que sí deben presentar la declaración de la renta con independencia de la cuantía de sus ingresos.
APLAZAMIENTO DE VERIFACTU HASTA 2027
El Gobierno aprobó un Real Decreto que amplia en un año el plazo para la entrada en vigor de este sistema que promueve la digitalización de los procesos de facturación en las empresas y autónomos.
Por tanto, se exigirá a partir del 1 de enero de 2027 para empresas con una facturación inferior a seis millones de euros, y desde el 1 de julio de ese mismo año para los autónomos.
APORTACIONES A PLANES DE PENSIONES
Se mantiene el límite total de aportaciones anuales máximas a los planes de pensiones individuales que no podrá exceder de 1.500 euros (excepto para aportaciones al propio plan de pensiones promotor CaixaBank).
Este límite se incrementará en 8.500 euros, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales, o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a las cantidades que resulten de los criterios establecidos por la normativa vigente y en función del importe anual de la contribución empresarial.
Podrás superar el límite de los 1.500 € si realizas aportaciones al plan de pensiones promotor CaixaBank y hasta un límite máximo conjunto (entre aportaciones propias y las del CaixaBank) de 10.000 €, también puedes utilizar como alternativa la contratación del Seguro Ahorro Jubilación del Compensa+
Diferencias entre aportaciones a planes de pensiones individuales y seguro de ahorro jubilación:
| Plan de pensiones | Seguro de ahorro jubilación | |
|---|---|---|
| Tributación del rescate | Rendimientos del trabajo, siempre | Rendimientos del trabajo (en caso de fallecimiento por ISD) |
| Límite de aportación | 1.500€ / hasta 10.000€ | 100.000€ |
| Beneficio fiscal | Diferimiento de la tributación al momento de rescate | |
| Obtención del beneficio | Cuando se ingresa o se devuelve el IRPF | En el momento del cobro de la nómina |
IPREM, TIPO DE INTERÉS LEGAL DEL DINERO Y DE DEMORA
Se prorrogan mientras no se aprueben los nuevos Presupuestos Generales del Estado
| Tipo legal del dinero | 3,25% |
| Tipo de interés de demora | 4,0625% |
| IPREM diario | 20,00 € |
| IPREM mensual | 600,00 € |
| IPREM anual | 7.200,00 € |
NOVEDADES LABORALES
REVALORIZACIÓN PENSIONES
Hasta que se aprueben los LPGE para 2026, se regula de forma provisional la revalorización de las pensiones:
- La subida será del 2,7% con carácter general para las pensiones del sistema de Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado.
- Las pensiones mínimas subirán más de un 7%, las pensiones no contributivas y el ingreso mínimo vital subirán un 11,4%, así como las de viudedad con cargas familiares.
- Se fija el límite máximo establecido para la percepción de las pensiones públicas en 2026 en 3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 euros anuales.
PARA CUALQUIER DUDA
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