La respuesta es SÍ,
el teletrabajo existe.
Algunos dicen que sí que existe, pero en las últimas semanas apenas lo han visto, cuentan que permanece oculto en los Decretos, ( Decretos que continúan vigentes todavía por si a alguien se le ha olvidado ).
No pasa desapercibido el difícil papel de quienes desesperan en un intento de conciliar ante una situación nueva como ésta. Son numerosas las cuestiones que se plantean, ¿debo poner en riesgo la salud de mis mayores ? ¿ Qué hago con los más pequeños si no tengo personas de confianza con quien poder dejarlos? ¿Ha pasado lo peor?
¿ Y si hay un rebrote?
Nuestras cabezas están en ebullición, porque a la problemática personal debemos añadir la de la vuelta a la » NUEVA NORMALIDAD» que es » Le vendo una Televisión, o dos o treinta y tres …ah, no, disculpe que me llamaba porque no tiene para pagar el alquiler del local este mes…
La situación es excepcional, como así deben ser las medidas de conciliación que necesitamos en estos momentos de dificultad.
La plantilla continúa al pie del cañón, desde el primer día, sin descanso, implicados y comprometidos con la entidad. SECB ha defendido desde el primer día el derecho a conciliar y el respeto a la desconexión digital.
SECB – SUMAMOS CONTIGO
RECUERDA que puedes solicitar cualquiera de las medidas reguladas en el Plan de Igualdad, así como las recogidas en el RDL 8/2020 si concurren circunstancias excepcionales:
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- Cuando sea necesaria la presencia de la persona trabajadora para el cuidado consecuencia directa del Covid 19.
- Cierre de centros educativos o cualquier otra naturaleza que dispensaran cuidado o atención a la persona necesitada.
- Cuando la persona que hasta ahora se hubiera encargado de ese cuidado no pudiera seguir haciéndolo por causas justificadas relacionadas con el Covid.
MEDIDAS REAL DECRETO VIGENTES | ||
REDUCCIÓN DE JORNADA |
TELETRABAJO y ADAPTACIÓN DE LA JORNADA |
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Situaciones |
Persona con discapacidad o cuidado de familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, y por cuidado de Hijos menores de12 años. | Necesaria acreditación de causa por COVID 19: Cambio de turno, alteración del horario, jornada partida o continuada, cambio del centro de trabajo o de funciones, y modalidad de trabajo a distancia. |
Solicitud |
Microgestión en Oficina, si no hay acuerdo, resolverá RRHH – Comité |
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Requisitos |
En caso de RdJ del 100% queda condicionado a la organización de la empresa. |
Necesaria acreditación |
Preaviso |
24 horas de antelación. |
No necesario |
Detalle |
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RECUERDA que
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MEDIDAS EXTRAORDINARIAS Y UNILATERALES CAIXABANK |
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PERMISO |
PERMISO |
EXCEDENCIA COVID-19 |
Para supuestos de COVID-19. Necesario disfrute previo de las vacaciones devengadas. Condicionado a la organización del centro. |
NECESIDADES EXTRAORDINARIAS vinculadas con la |
Hijos |
Microgestión en Oficina, si no hay acuerdo, |
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Concesión hasta el 30 de septiembre. Limitado hasta 100 horas y/o fecha que permita regularizar las horas antes de 31 de diciembre. |
Se puede solicita hasta el 30 de septiembre. Duración de 3 meses como máximo. |
CON RESERVA DE PUESTO hasta el 15 de Septiembre. |
7 días hábiles, salvo urgencia |
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Disfrute por días completos. Las horas que se consuman, se compensarán automáticamente con las horas acumuladas de prolongaciones de jornada informadas. Necesaria propuesta de Recuperación de las horas a pactar con el Manager. |
Deben consumirse las vacaciones devengadas y queda condicionado a |