El pasado día 18 de febrero, SECB (junto con UGT, SIB y FEC), casi el 60% de la representación laboral de los trabajadores, dimos otro paso más hacia delante en la defensa de los derechos de la plantilla de CaixaBank regulados en acuerdos firmados y vigentes hoy en día.
Mientras otro sindicato se lo piensa, en SECB actuamos frente a otra de las graves amenazas que deriva de la aplicación unilateral, por parte de la Entidad, del sistema de Registro de Jornada.
En el acuerdo de octubre de 1991, vigente hoy en día, establece que «se registrarán todas las ausencias e incidencias producidas durante la jornada, incluso la ausencia del desayuno para lo cual los 20 primeros minutos no serán considerados como ausencia».
Por tanto, CaixaBank está vulnerando, tácitamente, dos puntos perfectamente recogidos en acuerdo laboral ya que, el desayuno no se debería descontar de la jornada diaria y los primeros 15 minutos de entrada deberían ser flexibles para el registro horario.
Debemos recordar que el 12 de septiembre de 2019 se alcanzó un acuerdo parcial en materia de registro horario en el seno del Convenio Colectivo donde se especificaba que » el establecimiento de una garantía de registro horario no supone alteración ni en la jornada ni en el horario ni en los descansos, pausas y otras interrupciones de trabajo…»