A partir del 1 de septiembre de 2026, la Seguridad Social dejará de enviar cartas en papel en todo lo relacionado con la incapacidad temporal (baja médica), la incapacidad permanente y las lesiones permanentes no incapacitantes. Todas las comunicaciones pasan a ser obligatoriamente electrónicas.
Lo establece la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo (BOE de 1 de junio de 2026).

Atención: también te afecta si ya tienes una incapacidad permanente reconocida. La obligación no depende de que estés tramitando la prestación, sino de que la comunicación se refiera a ella. Por eso, cualquier revisión de grado (por agravación, mejoría, error de diagnóstico o revisión periódica), citación a reconocimiento médico o requerimiento sobre tu IP te llegará por esta vía, con sus plazos corriendo desde la notificación electrónica.
¿QUÉ SIGNIFICA PARA TI Y POR QUÉ NO DEBES DESCUIDARLO?▼
Resoluciones, requerimientos, citaciones médicas y cualquier otra comunicación se recibirán a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Recibirás un aviso por SMS o correo electrónico, pero ese aviso no contiene la información completa: solo un enlace. El contenido íntegro está en la Sede, y para entrar necesitas Cl@ve, DNIe o certificado digital.
Una notificación electrónica puede darte por notificado aunque no la hayas leído, y desde ese momento corren los plazos para recurrir o aportar documentación. No revisarla a tiempo puede hacerte perder un plazo.
QUÉ DEBES HACER ANTES DE SEPTIEMBRE▼
- Consigue un medio de identificación digital si aún no lo tienes: Cl@ve, DNIe o certificado digital.
- Actualiza tu teléfono y tu correo electrónico en la Seguridad Social, para que los avisos te lleguen bien.
- Si tienes una baja en curso, una IP reconocida o prevés solicitar una prestación, revisa con regularidad la Sede Electrónica.
¿CÓMO SE PIDE EL CERTIFICADO DIGITAL?▼
Antes de empezar: entra en la web oficial de la FNMT-CERES, en sede.fnmt.gob.es, apartado «Certificados» → «Persona Física» → «Obtener Certificado Software».
Haz la solicitud y la descarga en el mismo ordenador y navegador, sin actualizar ni formatear entre medias, porque la clave se guarda ahí.
- Configuración previa: Descarga e instala el «Configurador FNMT-RCM» que ofrece la propia web.
- Solicitud del certificado: Rellenas NIF, primer apellido y correo. Recibes por email un código de solicitud: guárdalo, lo necesitas después.
- Acreditación de identidad (presencial): Con ese código, acreditas tu identidad en persona en una oficina de registro (aquí entra la cita).
- Descarga del certificado: Ya acreditado, vuelves a la web con el mismo código y lo descargas e instalas.
Puedes acreditarte en una oficina de la Agencia Tributaria (AEAT) o de la Seguridad Social. Elige la que te resulte más cómoda; el trámite es válido en ambas. También lo realizan algunos ayuntamientos, Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno.
| Agencia Tributaria (AEAT) | Entra en sede.agenciatributaria.gob.es, busca «Asistencia y Cita» y selecciona el trámite de «Identificación electrónica → Certificado Electrónico FNMT para personas físicas». Eliges Administración o Delegación, día y hora. Es una vía muy usada porque suelen tener buena disponibilidad de citas. |
| Seguridad Social | Entra en sede.seg-social.gob.es, apartado «Cita previa», y pides el trámite de acreditación de certificado digital. |
El día de la cita acudes con tu DNI y el código de solicitud que te llegó por correo. Y ojo: la cita ha de ser en la oficina bajo el nombre de la persona titular del certificado.
Para cualquier duda consulta con tu DELEGADO SECB
EN SECB ESTAMOS PARA AYUDARTE, SUMAMOS CONTIGO
