Como siempre arrancamos el año informando de las principales novedades económicas, fiscales y laborales que nos depara este 2025.
¡que dé COMIENZo EL 2025!

NOVEDADES EN NÓMINA
Plus de convenio
En 2025 se percibe íntegramente el plus de convenio (parte fija + parte variable) con los importes actualizados en un 3% con respecto a 2024.
GRUPO PROFESIONAL 1
| NIVEL | PARTE FIJA | PARTE VARIABLE | TOTAL |
| NIVEL I | 564,89 | 496,86 | 1.061,75 |
| NIVEL II | 564,89 | 382,53 | 947,42 |
| NIVEL III | 564,89 | 314,02 | 878,91 |
| NIVEL IV | 564,89 | 284,60 | 849,49 |
| NIVEL V | 564,89 | 268,38 | 833,27 |
| NIVEL VI | 564,89 | 252,11 | 817,00 |
| NIVEL VII | 564,89 | 230,42 | 795,31 |
| NIVEL VIII | 564,89 | 215,12 | 780,01 |
| NIVEL IX | 564,89 | 192,02 | 756,91 |
| NIVEL X | 564,89 | 172,40 | 737,29 |
| NIVEL XI | 564,89 | 129,24 | 694,13 |
| NIVEL XII | 564,89 | 77,62 | 642,51 |
| NIVEL XIII | 564,89 | 22,65 | 587,54 |
GRUPO PROFESIONAL 2
| Nivel | PARTE FIJA | PARTE VARIABLE |
| Nivel I | 564,89 | 158,36 |
| Nivel II | 564,89 | 137,96 |
| Nivel III | 564,89 | 117,36 |
| Nivel IV | 564,89 | 74,77 |
| Nivel V | 564,89 | 61,88 |
| Nivel N | 564,89 | 57,22 |
PLUS MEJORA CONVENIO
Este logro histórico alcanzado – estrenando SECB su liderazgo como sindicato mayoritario en las negociaciones del sector de ahorro – tiene las siguientes características:
- Es revisable por lo que deberá actualizarse conforme a los incrementos que se produzcan en convenio colectivo.
- No formará parte de la adecuación progresiva por lo que los empleados Bankia lo percibirán íntegramente
- No será compensable ni absorbible bajo ningún concepto
- Computa a efectos de capacidad crediticia
El abono de este plus. para 2025, se producirá en la nómina del mes de marzo con los siguientes importes.
| NIVEL | TOTAL | ||
| NIVEL I | 2.291,83 | ||
| NIVEL II | 1.929,54 | ||
| NIVEL III | 1.712,44 | ||
| NIVEL IV | 1.619,25 | ||
| NIVEL V | 1.567,76 | ||
| NIVEL VI | 1.516,27 | ||
| NIVEL VII | 1.447,59 | ||
| NIVEL VIII | 1.399,04 | ||
| NIVEL IX | 1.325,87 | ||
| NIVEL X | 1.263,67 | ||
| NIVEL XI | 1.126,97 | ||
| NIVEL XII | 1.081,50 | ||
| NIVEL XIII | 1.081,50 |
TABLAS SALARIALES
TABLA SALARIAL 2025
GRUPO PROFESIONAL 1
| Nivel | Total Salario Base | Prorrateo Pagas Extra |
| Nivel I | 3.832,03 | 2.075,68 |
| Nivel II | 2.967,03 | 1.607,14 |
| Nivel III | 2.587,87 | 1.401,76 |
| Nivel IV | 2.376,70 | 1.287,38 |
| Nivel V | 2.357,83 | 1.277,16 |
| Nivel VI | 2.292,17 | 1.241,59 |
| Nivel VII | 2.278,14 | 1.233,99 |
| Nivel VIII | 2.088,58 | 1.131,31 |
| Nivel IX | 1.847,11 | 1.000,52 |
| Nivel X | 1.756,14 | 951,24 |
| Nivel XI | 1.556,21 | 842,95 |
| Nivel XII (mes 25 a 36) | 1.316,95 | 713,35 |
| Nivel XII (mes 0 a 24) | 1.225,31 | 663,71 |
| Nivel XIII | 1.003,75 | 543,70 |
GRUPO PROFESIONAL 2
| Nivel | Total Salario Base | Prorrateo Pagas Extra |
| Nivel I | 1.783,33 | 965,97 |
| Nivel II | 1.688,74 | 914,73 |
| Nivel III | 1.593,23 | 863,00 |
| Nivel IV | 1.395,90 | 756,11 |
| Nivel V | 1.336,17 | 723,76 |
| Nivel N | 1.128,20 | 611,11 |
Actualización CP2012
Aquellos empleados que perciban en su nómina el complemento salarial CP2012 (empleados que formaban parte de la plantilla de CaixaBank en abril de 2012), verán actualizado dicho complemento en los siguientes porcentajes:
| Nivel | Porcentaje |
| Nivel I al VII | 3,5% |
| Nivel VIII en adelante | 6% |
Adecuación progresiva Bankia
Para aquellos empleados de procedencia Bankia que tengan importes sujetos al programa de adecuación progresiva del ALI, se liberará un 25% adicional de ese importe incrementando el complemento programa integración del 25% al 50%.
| 01/04/2022 a 31/03/2023 | 5% |
| 01/04/2023 a 31/03/2024 | 15% |
| 01/04/2024 a 31/03/2025 | 25% |
| 01/04/2025 a 31/03/2026 | 50% |
| 01/04/2026 en adelante | 100% |
Aportación a Plan de Pensiones
Empleados procedencia Bankia
- Incremento de las aportaciones al plan de pensiones según el siguiente periodo de homologación (quienes tuvieran aportaciones superiores se les mantendrán a título personal):
| Del 01/04/2022 a 31/03/2023 | 4,20% |
| Del 01/04/2023 a 31/03/2024 | 4,50% |
| Del 01/04/2024 a 31/03/2025 | 4,90% |
| Del 01/04/2025 a 31/03/2026 | 5,75% |
| A partir de 01/04/2026 | 7,50% |
Remuneración cuentas de empleado
- Este año 2025 vuelven a remunerarse las cuentas de empleados con tipos de interés atractivos aunque inferiores con respecto al año pasado por la caída de los tipos de interés:
| CUENTAS DE EMPLEADO | Tipo de interés | Comisiones | |
| Cuenta de haberes | 1º tramo (hasta 112.668,01 €) * | 2,94% | No |
| Cuenta de haberes | 2º tramo (resto) | 2,69% | No |
| Descubiertos en cuenta de haberes (hasta 1.200 €) | 2,94% | No | |
| Segunda cuenta de empleado | 2,69% | No | |
| Tercera cuenta de empleado | 0,00% | No | |
* Importe aproximado estimando una subida del IPC 2024 del 2,8%
Si no tenéis marcadas la segunda/tercera cuenta de empleado, debéis de mandar un mail a oficina.empleado@caixabank.com con los siguientes datos:
- Nombre y apellidos
- DNI
- Número de cuenta cliente (CCC)
- Y el texto «Solicito que se marque esta cuenta como 2º / 3º depósito empleados activos«
En caso de alguna duda ponte en contacto con tu delegado del SECB.
Bases de cotización máxima 2025
El IPC cerró provisionalmente el 2024 en el 2,8% y tras la aprobación del Real Decreto-Ley 2/2023, la base máxima de cotización se incrementará cada año – desde 2024 hasta 2050 – en el IPC + 1,2%, por tanto, se incrementa un 4,0% la base máxima de cotización (estimada) para el 2025.
| Base máxima cotización 2024 | 4.720,50 € |
| Base máxima cotización 2025 | 4.909,50 € |
Esto se traduce en un coste adicional para los empleados que tengan topada al máximo la base de cotización en 12 € más al mes por cotización a la Seguridad Social (sin tener en cuenta el MEI ni la cuota de solidaridad).
Cuota de solidaridad 2025
Es una de las grandes novedades para este 2025 que penaliza a aquellos empleados que sobrepasen la base máxima de cotización.
Se trata de una cotización adicional para financiar las pensiones que no tendrá traducción en una mejora de las prestaciones futuras de los trabajadores pues no se tendrá en consideración a la hora de calcular la base reguladora, es decir, pagaremos más sin contraprestación alguna.
Se aplica exclusivamente a la parte del salario que exceda la base máxima de cotización (4.909,50 € para 2025), por tanto, aquellos empleados que no lleguen a dicha base máxima de cotización no tendrán que desembolsar nada. No obstante, debe tenerse en cuenta que en la base de cotización computan los rendimientos dinerarios y las retribuciones en especie.
Esta cotización adicional se aplicará de forma progresiva desde el 2025 hasta el 2045 por lo que cada año se irá incrementando. Para este año 2025 corresponden los siguientes tramos y tipos:
- Tipo del 0,92% para la suma comprendida entre las base máxima y el 10% superior (llegará al 5,5% en 2045).
- Tipo del 1% entre el 10% y el 50% de la cotización adicional (llegará al 6% en 2045).
- Tipo del 1,17% a partir del 50% de cotización adicional (llegará al 7% en 2045).
De la cantidad resultante, la empresa se hará cargo del 83,39% y el trabajador del 16,61%.
Si bien es cierto que dicha cantidad no será elevada por el momento, se irá incrementando cada año. Esperemos, igualmente, que una vez creada esta figura no se abuse de ella incrementando los tipos ya fijados en años venideros.
Veámoslo mejor con un ejemplo:
- Salario empleado/a dinerario 2025: 70.000 €
- Retribución en especie: 8.000 €
- Total salario cotizable: 78.000 €
- Base cotización máxima anual 2025: 4.909,50 € x 12 meses = 58.914 €
- Salario anual entre base máxima y 10% superior: 10% de 58.914 = 5.891,40
- Tipo aplicable entre base máxima y 10% superior: 5.891,40 x 0.92% x 16,61% (parte del trabajador) = 9 €
- Salario entre 10% y 50% superior de la base máxima: 78.000 € – (58.941 x 1.10%) = 13.164,90 €
- Tipo aplicable entre el 10% y el 50% de la base máxima: 13.164,90 x 1% x 16,61% (parte del trabajador) = 21,87 €
Total cotización adicional anual (para este año 2025): 30,87 € (2,57 € mes)
La cotización adicional anual para el año 2045 sería con estos mismos datos de 185,02 € año (15,41 € mes)
Mecanismo de equidad intergeneracional
Se actualiza el mecanismo de equidad intergeneracional que supone la aplicación de un 0,8% adicional para 2025 (0,67% a cargo del empleador y un 0,13% a cargo del trabajador) a la base de cotización por contingencias comunes.
Esta actualización a penas conlleva incremento adicional de cotización a la Seguridad Social que para quienes estén en base máxima de cotización será de 0,72 € / mes.
Tipos de interés préstamos
TIPOS DE INTERÉS PRÉSTAMOS EMPLEADOS 2025 (topados al 2% según acuerdo laboral) | |||
![]() | Primeros 24 meses | Resto meses | |
| Atenciones diversas (*) formalizados desde 1 de diciembre de 2023 | 2,69 % (*) ver tabla adjunta | ||
| Primeros 24 meses | Resto de meses | ||
| Vivienda A | Primer tramo | 0,66% | 0,19% |
| Vivienda A | Segundo tramo | 2,00% | 2,00% |
| Vivienda A | Adicional | 2,00% | 2,00% |
| Vivienda B | Primer tramo | 2,00% | 2,00% |
| Vivienda B | Segundo tramo | 2,00% | 2,00% |
| Vivienda B | Adicional (LCI) | 2,00% | 2,00% |
| Mejora vivienda A | 0,66% | 0,19% | |
(*) Tras la reclamación de SECB, por errores en las minutas de los préstamos de atenciones diversas y dada la prevalencia jurídica de estas, los tipos máximos a aplicar en los préstamos formalizados con anterioridad al 1 de diciembre de 2023, y por tanto para 2024, quedarán como sigue en función de la fecha de formalización del préstamo:
| TIPOS MÁXIMOS A APLICAR PARA ATENCIONES DIVERSAS CONSTITUIDOS ANTES DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2023 (minutas firmadas en CaixaBank) | |
| Desde enero a diciembre de 2016 | 0,12% |
| Desde enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2022 | 0% |
| Formalizados desde 1 de enero de 2023 hasta 30 de noviembre de 2023 | 2,62% |
NOVEDADES FISCALES
Conforme a lo establecido en el artículo 134.4 de la Constitución Española, “Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos”
Por tanto, y dado que aún no se ha aprobado la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2025 se mantienen vigentes los anteriores. En cuanto salgan publicados actualizaremos esta hoja.
Tipos de referencia aplicados en la retribución en especie en 2025
El Acuerdo de Valoración alcanzado entre la AEAT y la patronal del sector de Ahorro vencerá en junio de 2025, no obstante, se deberían de mantener estas referencias para el cálculo de la retribución en especie hasta su renovación.
Préstamo de adquisición y construcción vivienda:
| Primer año: 1.30% |
| Resto: EUR + 0.20% | |
Resto de préstamos, cuentas de créditos y anticipos
| EUR + 1.90% |
Tipo de gravamen en rentas del ahorro
Se modifican, con efectos el 1 de enero del 2025, los tipos de gravamen del ahorro del IRPF, de tal forma que se eleva al 30% el tipo al que queda gravada la base liquidable del ahorro cuando la misma exceda de 300.000 euros (en lugar de al 28% vigente actualmente).
2024 | 2025 | ||
| Base liquidable | Tipo | Base liquidable | Tipo |
| Hasta 6.000 € | 19% | Hasta 6.000 € | 19% |
| 6.000 € – 50.000 € | 21% | 6.000 € – 50.000 € | 21% |
| 50.000 € – 200.000 € | 23% | 50.000 € – 200.000 € | 23% |
| 200.000 € – 300.000 € | 27% | 200.000 € – 300.000 € | 27% |
| 300.000 € en adelante | 28% | 300.000 € en adelante | 30% |
Incremento en los tipos del IVA
Alimentos básicos: Vuelta al tipo reducido del 4%. El pan, la leche, las frutas o las verduras que han disfrutado casi dos años de un IVA del 0%, ha pasado, desde el 1 de octubre, a un IVA del 2%, y desde el 1 de enero de 2025, el IVA volverá al 4% (niveles de 2022).
Pasta y aceites: el IVA para las pastas alimenticias y los aceites de semillas (girasol por ejemplo) pasará del 7,5% al 10% en 2025; el aceite de oliva, que ha tenido un IVA temporal del 0% durante 2024, pasará a tributar al 4% a partir del 1 de enero de 2025.
Electricidad: El IVA de la luz se incrementó del 5% al 10% en 2024. Durante este año, el tipo impositivo de la electricidad se ha ido revisando según la fluctuación de los precios en el mercado mayorista, pero en 2025 cesará el tope 45 €/MWh que permitía seguir aplicando el tipo reducido del 10% y el IVA de la luz volverá a ser del 21% definitivamente.
Aportaciones a planes de pensiones
Se mantiene el límite total de aportaciones anuales máximas a los planes de pensiones individuales que no podrá exceder de 1.500 euros (excepto para aportaciones al propio plan de pensiones promotor CaixaBank).
Este límite se incrementará en 8.500 euros, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales, o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a las cantidades que resulten de los criterios establecidos por la normativa vigente y en función del importe anual de la contribución empresarial.
Diferencias entre aportaciones a planes de pensiones individuales y seguro de ahorro jubilación:
![]() | Plan de pensiones | Seguro de ahorro jubilación |
| Tributación del rescate | Rendimientos del trabajo, siempre | Rendimientos del trabajo (en caso de fallecimiento por ISD) |
| Límite de aportación | 1.500 € / hasta 10.000 € | 100.000 € |
| Beneficio fiscal | Diferimiento de la tributación al momento de rescate | |
| Obtención del beneficio | Cuando se ingresa o se devuelve el IRPF | En el momento del cobro de la nómina |
Prórroga impuesto a la banca
Se prorroga durante todo el año 2025 el Impuesto a los Beneficios Extraordinarios de la Banca. Tendrá un tipo progresivo sobre los márgenes de intereses y comisiones de cada entidad, que será del 1% hasta los 750 millones, del 3,5% hasta los 1.500 millones, del 4,8% hasta los 3.000 millones, del 6% hasta los 5.000 millones y del 7% desde 5.000 millones en adelante.
IPREM, tipo de interés legal del dinero y de demora
Se prorrogan mientras no se aprueben los nuevos Presupuestos Generales del Estado
| Tipo legal del dinero | 3,25% |
| Tipo de interés de demora | 4,0625% |
| IPREM diario | 20,00 € |
| IPREM mensual | 600,00 € |
| IPREM anual | 7.200,00 € |
NOVEDADES LABORALES
REVALORIZACIÓN PENSIONES
Hasta que se aprueben los LPGE para 2025, se regula de forma provisional la revalorización de las pensiones:
- La subida será del 2,8% con carácter general para las pensiones del sistema de Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado.
- Las pensiones mínimas subirán alrededor de un 6%, las pensiones no contributivas y el ingreso mínimo vital subirán un 9%, y las de viudedad con cargas familiares un 9,1%.
- Se fija el límite máximo establecido para la percepción de las pensiones públicas en 2025 en 3.267,60 euros mensuales o 45.746,40 euros anuales.
- La cuantía mínima de las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social se incrementa en 2025 en el 2,8 %, pero también en función del tipo de pensión en consideración al umbral de la pobreza.

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