BANCA DE EMPRESAS: RECTIFICACIÓN TRAS RECLAMACIÓN DE SECB EN EL ABONO DE COMPLEMENTOS TRANSITORIOS

⚠️ Incidencia detectada en los nuevos nombramientos
Con la aplicación del acuerdo de empresas firmado el pasado año, hemos detectado una anomalía en los nombramientos de nuevos cargos de Director de Banca de Empresas y Director de Centro de Banca de Empresas.
Dicha anomalía se produce concretamente durante el periodo en el que estos cargos figuran «en funciones» y cuentan con niveles actuales por debajo del Nivel V, tramo en el cual no se están aplicando correctamente los complementos transitorios.
📌 CÓMO DEBE APLICARSE: Tal y como sucede con los nuevos nombramientos de Directores de oficinas de la red (con subida de niveles a partir del V), los conceptos que se cobran transitoriamente entre el salario previo y el actual no se deben ceñir exclusivamente a las mejoras de Salario Base y Pagas Extras, sino que deben incluir también a aquellos empleados que disponen de los conceptos CP 2012 y CP 153.
✔️ Éxito de la reclamación DE SECB:
Abono con carácter retroactivo
Tras la pertinente reclamación efectuada por SECB, la empresa ha rectificado formalmente su criterio y va a abonar, en la nómina del mes de julio, estos complementos transitorios con carácter retroactivo desde la fecha de nombramiento de la función que provocó el derecho al cobro de los mismos.
¡DEFENDEMOS TUS DERECHOS Y TU SALARIO!
Si eres uno de los afectados por esta situación, ponte en contacto con tu delegado SECB para realizar la pertinente reclamación.
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