Hemos podido observar, tanto en noticias publicadas en medios de comunicación como en la presentación de las cuentas de resultados, que
los resultados de nuestra Entidad siguen creciendo como la espuma.
Suben los ingresos por ventas, por intereses, por comisiones, etc. |
Pues parece que CaixaBank no tiene bastante con estos ingentes beneficios que pretende incrementarlos a cuenta de racanear las liquidaciones de gastos a sus empleados.
SECB lleva muchos meses constatando (y reclamando) las dificultades a la hora de presentar estos gastos por parte de todos los empleados, principalmente los derivados de la manutención y el kilometraje.
Y no nos referimos únicamente a los constantes cambios en la norma 26, sino a la coacción reiterada por parte de DAN y, sobre todo, de responsables de Secretaría Técnica de Negocio de la mayoría de DT.
Porque, efectivamente, no es que se denieguen liquidaciones de gastos, es que los empleados ya no nos atrevemos a reclamar lo que nos corresponde por miedo a represalias o toques de atención (todo vale para quedar bien con los Delegados Territoriales). |
Aclaremos conceptos
En todo momento la Norma 26 nos insta a un principio de prudencia: “el empleado debe velar para que las liquidaciones de gastos y/o tickets que presente se ciñan a las necesidades del servicio realizado y los importes sean los menores posibles dentro de las alternativas posibles”.
Además, se deberán adjuntar justificantes de los gastos teniendo en cuenta que hay determinadas figuras, como los Equipos de Soporte, que no necesitan adjuntar justificantes bajo determinadas circunstancias (las explicamos más adelante)
Por otra parte, EN LA NORMA SE DETALLAN los eventos por los cuales se pueden solicitar liquidación de gastos:
Comisión de Servicio: | «Actividades efectuadas cuando la gestión ser realiza en un centro distinto al de adscripción”. Es decir, cuando nos mandan a trabajar temporalmente a otro centro |
Gestión de Servicio: | “Acciones propias del centro de trabajo que se realizan en un lugar diferente. Incluye tareas que, aunque no sean habituales de su centro, le sean encargadas específicamente”. Aquí incluiríamos, por ejemplo, las reuniones (siempre que sean notificadas en tiempo y forma) |
Acciones comerciales: | “Actividades efectuadas fuera del centro de trabajo que tienen una finalidad comercial y que se originan en el mismo centro, derivadas de actuaciones con clientes (visitas, reuniones, comidas, etc.)”. Con los ejemplos queda clarísimo cuales son estos casos. |
¿Sobre qué gastos estamos teniendo problemas?
MANUTENCIÓN |
El desfasado, vergonzoso y paupérrimo importe de 11€ autorizados para los empleados que tienen Horario Laboral Singular está sirviendo de referencia como “importe único” para compensar los gastos de manutención soportados por los empleados cuando se nos convoca a una reunión presencial fuera de horario laboral o se nos insta a realizar una comisión de servicio en una oficina de una localidad diferente a la que tenemos como centro de adscripción .
REGLA GENERAL
Respetando y remarcando el principio de prudencia y recordando que deben adjuntarse justificantes, los diferenciamos en:
En otro punto de la norma se especifica que “únicamente se pueden pasar medias dietas si no se producen gastos de manutención a cargo de la empresa”.
O sea, que podremos pasar media dieta por el motivo que sea (reunión de la DAN, Comisión de Servicio, viajes por formación, etc.) siempre que la manutención sea fuera de la población de la oficina de adscripción.
De nuevo, ni rastro de los 11 €…
EQUIPOS DE SOPORTE
A este respecto tenemos que puntualizar la especial idiosincracia de los Equipos de Soporte en todo lo relacionado con la manutención:
- Hasta 20 km de distancia con la población donde tiene su centro de adscripción, los gastos de manutención se rigen por la regla general, es decir, pueden solicitar media dieta siempre que el gasto esté justificado (ticket de la comida). Evidentemente, pueden solicitar el gasto de la manutención por el importe de este.
- A partir de esos 20 km, podrán solicitar la media dieta sin adjuntar ningún tipo de justificante.
Por tanto, el tema de la distancia entre oficinas no vincula ni limita ninguna solicitud de medias dietas excepto para los Equipos de Soporte, donde los 20 km diferencian si es necesaria o no la justificación de la manutención.
Resumiendo:
TRANSPORTES |
De nuevo nos encontramos con “toques” por parte de algunos mandos intermedios… Hay veces que nos da la impresión de que estos cargos son a cuenta de sus bonus.
Se pueden liquidar este tipo de gasto por:
Kilometraje efectuado con vehículo propio
Aparcamientos y peajes de autopista
Taxis
Por todo ello, SECB EXIGIMOS:
A los empleados nos ampara el Convenio Colectivo por encima de cualquier normativa interna.
¡Tenemos derechos y queremos utilizarlos!
SUMAMOSCONTIGO