GUÍA RÁPIDA EQUIPOS SOPORTE

GUÍA RÁPIDA EQUIPOS SOPORTE

SECB ha elaborado esta guía económica para que puedas consultar de manera ágil y sencilla las condiciones económicas específicas de este colectivo.

En cada desplegable encontrarás información específica de contenidos y un enlace para que, si lo prefieres, puedas descargarlos en formato PDF.

Recuerda que, si tienes cualquier duda, encontrarás al Delegado SECB de tu zona en el siguiente enlace QR:

Descargar Tabla

CONDICIONES GENERALES
📌 Adscripción voluntaria

Se efectuará mediante proceso de convocatoria interna que determinará qué ámbitos tendrán y el número de personas en cada uno de ellos.

📌 La convocatoria determinará:
  • El ámbito geográfico, que podrá abarcar todas las oficinas de una zona o solamente una parte de ellas, en función de la situación y número de las que haya en la zona.
  • El centro de adscripción
  • El Plus a percibir.
📌 Dietas y Kilometraje

Los empleados de los equipos de soporte que finalicen una jornada en una oficina a más de 20 Km de su centro de adscripción podrán facturar media dieta sin tener que presentar ningún justificante. En el resto de los casos, tendrán que presentar los justificantes correspondientes para cobrar la media dieta.

El kilometraje se cobrará desde el centro de adscripción del empleado hasta la oficina de destino, siempre que no sea en la misma población.

📌 Seguro complementario auto

Todos los empleados que formen parte de los equipos de soporte, disfrutarán de la cobertura de un seguro complementario del automóvil. Una copia de la póliza se enviará a todos los miembros del equipo.

Las suplencias realizadas en la población donde esté ubicado el centro de adscripción del equipo de soporte, no devengarán dietas ni kilometraje.

Un empleado del equipo de soporte no podrá estar más de 3 meses en una oficina sustituyendo a un mismo empleado.

EQUIPO SOPORTE NO APODERADO

📌 Plus Equipo Soporte 

El personal adscrito percibirá un Plus Equipos de Soporte consistente en una cantidad bruta mensual, según sea la distancia entre la población del centro de adscripción en que estén asignados y la población del centro de trabajo más lejano que se tenga que atender en su zona.

El Plus se abonará en las mensualidades, no será pensionable y se revisará con los porcentajes de incremento salarial pactados en el Convenio Colectivo del sector o en el acuerdo de aplicación que se realice en CaixaBank.

📌 Baja Equipo Soporte

VOLUNTARIA: Los empleados que a petición voluntaria causen baja en los equipos de soporte, dejarán de percibir el Plus correspondiente en el mes siguiente de causar baja.

POR LA ENTIDAD: Si el empleado dejara de formar parte por indicación de la Entidad, y éste tuviera una antigüedad de más de 3 meses realizando esta función, se le congelará el plus y se reducirá en un 25% en el momento de causar baja. Posteriormente, cada 6 meses, se irá reduciendo en un 25% del importe inicial. Si no llevara 3 meses, el plus lo dejará de cobrar en el mes siguiente de causar baja en el equipo de soporte.

EQUIPO SOPORTE APODERADO

📌 Gratificación (Plus) de Apoderamiento: 183,46 € brutos mensuales
📌 Plus de Flexibilidad

Los empleados con nivel inferior a V podrán adscribirse al control flexible de horario con plus, percibiendo el correspondiente Plus de Flexibilidad (109,29 € brutos mensuales).

📌 Adscripción como soporte apoderado

Podrá acceder a la función de Apoderado Equipo Soporte todo el personal que ostente nivel VII o superior, o que haya desempeñado cargos de dirección, subdirección o GC II Segundo Responsable y ostente un nivel IX o superior.

Si el personal que se adscribe como Apoderados Equipo de Soporte estaba ostentando dicho cargo (Dirección, Subdirección o GC II Segundo Responsable), deberá renunciar al mismo, manteniendo el nivel y el Plus Funcional y abandonando (en su caso) la carrera de GC. El Plus de Flexibilidad se mantendrá en su concepto e importe económico, siempre que los empleados afectados deseen seguir adscritos al Horario Flexible.

📌 Baja Equipo Soporte Apoderado

VOLUNTARIA: Los empleados que a petición voluntaria causen baja en los equipos de soporte, dejarán de percibir el Plus correspondiente en el mes siguiente de causar baja.

POR LA ENTIDAD: Si el empleado dejara de formar parte por indicación de la Entidad, y éste tuviera una antigüedad de más de 3 meses realizando esta función, se le congelará el plus y se reducirá en un 25% en el momento de causar baja. Posteriormente, cada 6 meses, se irá reduciendo en un 25% del importe inicial. Si no llevara 3 meses, el plus lo dejará de cobrar en el mes siguiente de causar baja en el equipo de soporte.

 

 

 

 

Print Friendly, PDF & Email

Deja una respuesta